Prórroga de anotación preventiva de petitorio minero

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La prórroga de Anotación preventiva de petitorio minero puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.

Los petitorios mineros son materia de anotación preventiva y pueden ser prorrogados por única vez, antes del vencimiento del plazo establecido (180 días hábiles contados desde la fecha de su asiento de presentación).

Requisitos para la inscripción

a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).

b) Solicitud con firma simple del interesado indicando la prórroga (colocará el número de partida electrónica de la inscripción del petitorio minero).

Precedente de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

Sumilla de la Resolución 070-2016-SUNARP-TR-T de 11/02/2016 sobre anotación preventiva de petitorio minero

Cuando la anotación preventiva referida a petitorio minero ha caducado, procede extender nueva anotación preventiva a solicitud de parte.

Sumilla de la Resolución 486-2015-SUNARP-TR-T de 30/09/2015 sobre anotaciones preventivas de petitorio minero y su transferencia solicitadas luego de haber caducado las primeras anotaciones

No resulta procedente extender nuevas anotaciones preventivas respecto del mismo petitorio minero y su transferencia luego de vencido el plazo de caducidad de las anotaciones primeras, aunque se presenten nuevos partes notariales del mismo título.

Tasa registral

  • Derecho de presentación: S/ 139.00
  • Derecho de inscripción: S/ 139.00
  • Plazo de calificación: 7 días hábiles
 "Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".