Diferencia entre revisiones de «Inscripción de Transferencias de propiedad por aporte o reducción de capital en el Registro de Propiedad Inmueble»

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Las transferencias de propiedad relacionadas con personas jurídicas societarias por aporte o reducción de capital pueden inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
Las transferencias de propiedad relacionadas con personas jurídicas societarias por aporte o [[reducción de capital]] pueden inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.


==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==
a) Formato de solicitud de inscripción de título debidamente llenado y suscrito.  
a) Formato de solicitud de inscripción de título debidamente llenado y suscrito.  


b) Parte notarial de la escritura pública conteniendo la transferencia de propiedad del inmueble de acuerdo a las normas vigentes, sea constitución de sociedad, aumento de capital o reducción de capital.
b) [[Parte notarial]] de la [[escritura pública]] conteniendo la transferencia de propiedad del inmueble de acuerdo a las normas vigentes, sea constitución de sociedad, aumento de capital o reducción de capital.


c) Pago de los derechos registrales.
c) Pago de las tasas registrales.
==Base legal==
==Base legal==


*Artículos 22, 25, 27 y 213 de la Ley General de Sociedades, Ley N° 26887 (09/12/1999).
*Artículos 22, 25, 27 y 213 de la Ley General de Sociedades, Ley N° 26887 (09/12/1999).
*Artículo 10 (modificado por el Decreto Legislativo N° 1451) de la Ley  que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional, Ley N° 26366 (16/10/2004).
*Artículo 10 (modificado por el Decreto Legislativo N° 1451) de la Ley  que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional, Ley N° 26366 (16/10/2004).
*Artículos 2, 15, 17 y 28 inciso b), del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 126-2012-SUNARP-SN (21/05/2012).
*Artículos 2, 15, 17 y 28 inciso b), del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 126-2012-SUNARP-SN (21/05/2012).
*Artículo 35° literal c) del Reglamento de Registro de Sociedades, aprobada por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 200-2001-SUNARP-SN (27/07/2001).
*Artículo 35° literal c) del Reglamento del Registro de Sociedades, aprobada por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 200-2001-SUNARP-SN (27/07/2001).
*Artículos 6, 109 y 110 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobada por la  Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARPSN (04/05/2013).
*Artículos 6, 109 y 110 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobada por la  Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARPSN (04/05/2013).


==Precedentes de observancia obligatoria==
==Precedentes de observancia obligatoria==
No se han aprobado  precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.
==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==
===Resoluciones del Tribunal Registral===
===Resoluciones del Tribunal Registral===
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'''Tasa aplicable respecto a actos valorizados hasta S/ 35 000.00 soles'''
'''Tasa aplicable respecto a actos valorizados hasta S/ 35 000.00 soles'''


* Derecho de Calificación: S/ 36.00
*Derecho de Calificación: S/ 36.00
* Derecho de inscripción: Valor del acto X 1.5/1000
*Derecho de inscripción: Valor del acto X 1.5/1000


'''Tasa aplicable respecto a actos valorizados mayor a S/ 35 000.00'''
'''Tasa aplicable respecto a actos valorizados mayor a S/ 35 000.00'''


* Derecho de Calificación: S/ 36.00
*Derecho de Calificación: S/ 36.00
* Derecho de inscripción: Valor del Acto X 3/1000
*Derecho de inscripción: Valor del Acto X 3/1000


== Plazo de calificación ==
==Plazo de calificación==


* 7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados).
*7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados).


   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".'''''
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".'''''