Actos o contratos relativos a comunidades campesinas y nativas

De wikiregistral
Ir a la navegación Ir a la búsqueda

Descripción del procedimiento

Una Comunidad Nativa o Campesina mediante este proceso anotará sus acuerdos en el registro de personas jurídicas, promoviendo sus actividades económicas y administrativas dentro del marco que la ley establece.

Actos:

1) Modificación de estatuto

2) Inscripción de estatuto o primera directiva de comunidades campesinas o nativas inscritas

3) Actos relativos al otorgamiento de poder

4) Rectificación de inscripción de comunidad nativa en distinto registro

Requisitos

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito

2.- Copia Certificada notarialmente o autenticada del acta de asamblea general u órgano competente donde conste el o los acuerdos inscribibles. En aquellos centros poblados donde no exista notario, podrá requerir certificación de Juez de Paz o Juez de Paz Letrado, de ser el caso.

3.- Para la rectificación de inscripción de comunidad nativa inscrita en distinto registro, resolución de reconocimiento expedida por la Dirección Regional Agraria del Gobierno Regional Competente, siempre que sea de fecha anterior a la escritura pública.

4.- Constancia sobre convocatoria emitida por la persona legal o estatutariamente facultada o, alternativamente en caso de comunidades campesinas, el original o reproducción certificada notarialmente de la publicación en diario de circulación local.

5.- Constancia de quórum salvo se trate de sesiones de órganos directivos, u otros similares. La constancia será formulada por quien presidió la sesión, por el órgano con facultad legal o estatutaria de convocatoria para la sesión de que se trate, o por el encargado de ejecutarla en caso de convocatoria judicial.

Notas:

1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.

Base Legal

  • VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020
  • 134, 135, 136, 137, 138, 139 y 2026 Código Civil. Decreto Legislativo 295 25/07/1984
  • 7,8,9,10,11,12,13,14,15, 17,18,19,20,21,22,23,24 ,25,26 y 27 Ley de comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la Selva y Ceja de Selva Decreto Ley 22175
  • 1,2,3,4,7,10,11,14,16,17 y 20 Reglamento de la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de Selva Decreto Supremo 003-79-AA
  • artículo 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994
  • 1 Directiva que regula la Inscripción de los actos y derechos de las Comunidades Nativas Resolución de Superintendencia 122-2013- SUNARP/SN 31/05/2013

Pago por derecho de tramitación

Monto - S/ 189.40

Plazo de atención

7 días hábiles