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Inscripción de constitución de cooperativa

La constitución de Cooperativa puede inscribirse en el Registro de Persona Jurídica.

Sumario

Requisitos para la inscripción

Primer paso: Búsqueda de nombre

Realizar la búsqueda en el Índice del Registro de Personas Jurídicas de la Sunarp para verificar, si el nombre (denominación completa y/o abreviada) que se desea asignar a la cooperativa se encuentra disponible. Éste no es un trámite obligatorio, pero evita observaciones.

Segundo paso: Reserva de nombre

Una vez realizada la búsqueda o si desea directamente puede solicitar una reserva de nombre (si el nombre elegido está libre adquiere el derecho a usarlo por 30 días), este no es un trámite obligatorio para la constitución, pero sí es altamente recomendable, para evitar observaciones. La reserva de preferencia registral se puede solicitar en cualquier oficina registral, a nivel nacional, sin considerar para ello el domicilio de la cooperativa. La solicitud de reserva de preferencia registral puede ser formulada por cualquier persona y debe contener los siguientes datos:

  • Nombre, documento oficial de identidad y domicilio del solicitante.
  • Se puede indicar hasta cinco denominaciones, completas o abreviadas.
  • La indicación del nombre de, por lo menos, uno de los intervinientes en el contrato o facultados para su formalización.
  • Fecha de la solicitud.

A través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) en el Portal Institucional de la SUNARP, se puede realizar la presentación, tramitación y anotación de la reserva de preferencia registral de denominación de la cooperativa. Se presenta al registro durante las veinticuatro (24) horas del día por el Portal Institucional de la SUNARP, mediante un ícono de acceso directo o por el Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), llenando el formulario y realizando el pago de la tasa registral. Pago de la tasa registral de S/ 20.00 soles.

Tercer paso: Inscripción de la constitución de cooperativa en Registros Públicos

Una vez que le conceden su reserva de nombre, podrá coordinar con la notaría de su preferencia lo referente al trámite de constitución de cooperativa. Para la inscripción presentará:

a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).

b) Parte notarial de la escritura pública o documento privado con firmas certificadas por notario o juez de paz que contenga el acto de constitución de la cooperativa, la aprobación de su estatuto con transcripción de éste, fijar el capital de la cooperativa, y el nombramiento de sus primeros órganos directivos.

Tener en cuenta para la inscripción

a) La presentación del parte notarial en la oficina registral, deberá de ser efectuada por el notario ante quien se otorgó el instrumento o por sus dependientes acreditados. Excepcionalmente, a solicitud y bajo responsabilidad de los otorgantes, el parte notarial podrá a ser presentado y tramitado por persona distinta al notario o sus dependientes.

En este caso, el notario al expedir el parte deberá consignar en este el nombre completo y número de documento de identidad de la persona que se encargará de la presentación y tramitación de dicho parte, y además de incorporarlo en el Módulo “Sistema Notario” los datos de la persona.

Base legal

  • Artículo 2024 del Código Civil.
  • Decreto Supremo N° 074-90-TR – Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas.
  • Precedentes de observancia obligatoria
  • No se han aprobado precedentes sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

Sumilla de la Resolución 3603-2022-SUNARP-TR de 09/09/2022 sobre Constitución de Cooperativa

Para efectos de inscribir la constitución de una cooperativa se requiere que en su denominación se incluya el tipo que le corresponde, lo que deberá encontrarse adecuado a su objeto establecido en el estatuto.

Sumilla de la Resolución 260-2016-SUNARP-TR-L sobre capital de la cooperativa

El capital inicial de una cooperativa deberá encontrarse suscrito y pagado en al menos el monto mínimo establecido en el estatuto, ello de conformidad con el artículo 38 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas.

Tasa registral

Por constitución de Cooperativa

  • Derecho de inscripción: S/ 42.00
  • Plazo de calificación: 7 días hábiles

Por nombramiento del Consejo Directivo

  • Derecho de inscripción: S/ 30.00
  • Plazo de calificación: 7 días hábiles