Inscripción de elección de junta directiva de una organización social de base

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La elección de Junta directiva de una Organización social de base puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas.

Requisitos para la inscripción

¿Qué documentos se requieren?

1.- Formato de solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. Recabarlo en la oficina registral.

2.- Copia autenticada por fedatario de la oficina registral respectiva o certificada por Notario del acta de asamblea general respectiva donde consten tales acuerdos.

3.- Las constancias de quórum y convocatoria (previstas en el numeral 5.9 de la Directiva N° 011-2013-SUNARP-SN) para efectos de acreditar la validez de la convocatoria y el quórum respectivo.

4.- Declaración jurada, con firma legalizada notarialmente o certificada ante fedatario de la Oficina Registral respectiva, del Presidente del Consejo Directivo o representante autorizado en el sentido de indicar que tales acuerdos ya obran inscritos en forma previa en el Registro del Gobierno Local.

Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

CALIFICACIÓN DE ASAMBLEA DE ORGANIZACIÓN SOCIAL DE BASE

Si bien es cierto la asamblea de una organización social de base puede denominarse de "reconocimiento de junta directiva dicha nomenclatura no nos puede conducir a aplicar de inmediato lo dispuesto en el artículo 5.10.1 de la Directiva N° 11-2013-SUNARP-SN que indica que el reconocimiento es procedente de uno o más periodos eleccionarios vencidos. Por el contrario, se debe analizar el contexto del acuerdo por cuanto tras la palabra "reconocimiento" puede estar el pedido de inscripción de un nuevo consejo directivo y no uno con mandato vencido.

Resolución Nº 267-2015-SUNARP-TR-T del 17 de Junio del 2015

Tasa registral

  • Derecho de presentación: S/ 0.40
  • Derecho de inscripción: S/ 0.40

Plazo de calificación:

7 días hábiles.

  • Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título."