Inscripción de la modificación de estatuto de la fundación

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La Modificación de estatuto de la Fundación puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas.

Requisitos para la inscripción

¿Qué documentos se requieren?

Se requiere:

1. Formulario de solicitud de inscripción de título (de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.

2. La inscripción de la modificación de estatuto se realiza en mérito del título que contenga el acuerdo de modificación, el que debe observar la misma formalidad que la requerida para inscribir el estatuto de la persona jurídica, salvo disposición legal distinta.

Considerar lo señalado en el DL 1232 respecto a la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos, el cual deberá ser efectuada por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.

3. Constancia de convocatoria y quórum con firma certificada por notario, fedatario de la Oficina Registral, cónsul peruano, autoridad extranjera competente u otra persona autorizada legalmente para certificar firmas. En el acta que consta el acuerdo de modificar los estatutos debe consignarse el número del artículo del estatuto que se modifica, incorpora o deroga y, en su caso, el nuevo tenor del artículo conforme a la modificación estatutaria acordada. No será necesario consignar el texto íntegro del artículo modificado si la modificación consiste en la adición o supresión de un párrafo o apartado, el que se indicará con precisión.

Base legal

Arts. 16 y 39 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas (Resolución 038-2013-SUNARP-SN).

Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

No se han aprobado resoluciones sobre este acto.

Tasa registral

  • Derechos de calificación S/ 10.00
  • Derechos de inscripción S/ 10.00

Plazo de calificación:

7 días hábiles contados a partir del día siguiente de su presentación

Documentación sujeto a calificación por parte del registrador.