Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transformación de sociedad a E.I.R.L. - Empresa individual de responsabilidad limitada»

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(Página creada con « El Acuerdo de transformación de una Sociedad a una Empresa individual de responsabilidad limitada E.I.R.L. puede inscribirse en el Registro de Personas Jurí…»)
Etiqueta: editor de código 2017
 
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== Requisitos para la inscripción ==
 
== Requisitos para la inscripción ==
  
'''¿Qué documentos deberá presentar y qué pagos deberá realizar?'''
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a)Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
  
a) Formulario de solicitud de inscripción de título (éste formulario es distribuido de manera gratuita en las Oficinas de la SUNARP).
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b)Escritura pública que contenga el acta de junta de accionistas donde conste el acuerdo de transformación, el nuevo estatuto de la empresa, la relación de los socios o accionistas que se hubieran separado y el capital que representan.
  
b) Parte notarial (Donde conste la modificación del estatuto, respecto a la transformación de  SAC a EIRL)
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c)Deberá insertarse en la Escritura Pública, los balances generales cerrados al día anterior del acuerdo y al día anterior del otorgamiento de la Escritura Pública.
  
c) El acuerdo de transformación deberá publicarse por tres (3) veces consecutivas antes de ser elevado a escritura pública.
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d)Originales o copias certificadas por Notario de los avisos de transformación publicados en el Diario Oficial El Peruano por tres (03) veces consecutivas.
  
*Tasa registral.
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e)Declaración Jurada del Gerente en el sentido que no se ha producido oposición al acuerdo de transformación.
*Plazo de calificación: 7 días hábiles.
 
  
'''¿Qué deberá tener en cuenta?'''
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f)Pago de derechos registrales.
Como toda modificación de estatutos a tenor de lo señalado en el artículo 5 de la Ley General de Sociedades el acta que contiene el acuerdo de transformación deberá ser elevada a escritura pública.
 
  
'''Base Legal'''
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g)Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.
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== Base legal ==
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* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias.
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* Artículos 71 al 75 del D.L. N° 21621 Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (15/09/1976).
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* D.S.  N° 37-94-JUS (07/07/1994)
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* Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984).
  
Art. 142 del Reglamento del Registro de Sociedades aprobado mediante Resolución Nº 200-2001-SUNARP/SN.
 
  
 
== Precedentes de observancia obligatoria ==
 
== Precedentes de observancia obligatoria ==

Revisión del 09:53 11 oct 2019

El Acuerdo de transformación de una Sociedad a una Empresa individual de responsabilidad limitada E.I.R.L. puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas .

Requisitos para la inscripción

a)Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

b)Escritura pública que contenga el acta de junta de accionistas donde conste el acuerdo de transformación, el nuevo estatuto de la empresa, la relación de los socios o accionistas que se hubieran separado y el capital que representan.

c)Deberá insertarse en la Escritura Pública, los balances generales cerrados al día anterior del acuerdo y al día anterior del otorgamiento de la Escritura Pública.

d)Originales o copias certificadas por Notario de los avisos de transformación publicados en el Diario Oficial El Peruano por tres (03) veces consecutivas.

e)Declaración Jurada del Gerente en el sentido que no se ha producido oposición al acuerdo de transformación.

f)Pago de derechos registrales.

g)Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.


Base legal

  • Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias.
  • Artículos 71 al 75 del D.L. N° 21621 Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (15/09/1976).
  • D.S.  N° 37-94-JUS (07/07/1994)
  • Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984).


Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

INEXIGENCIA DE INSERTOS DE PUBLICACIONES EN ESCRITURA PÚBLICA DE TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD A EIRL

Para la inscripción de la transformación de una sociedad a una empresa individual de responsabilidad limitada no se requiere que consten inserta en la escritura pública las publicaciones del acuerdo de transformación. Resolución N° 066-2016-SUNARP-TR-A de 28/01/2016.

Tasa registral

1. Derechos de presentación: S/ 10.00

2. Derechos de inscripción: S/ 10.00

3. Total: S/20.00

Plazo de calificación: 7 días habiles contados a partir del día siguiente día de su presentación de la presentación del titulo.