Inscripción del contrato de garantía mobiliaria según el Decreto Legislativo N° 1400

De wikiregistral

DEFINICIÓN

La garantía mobiliaria es la afectación de un bien mueble mediante un acto jurídico, destinada a asegurar el cumplimiento de una obligación. La garantía mobiliaria puede darse con o sin desposesión del bien mueble.

ANTECEDENTES

  • En el Perú nuestro Código Civil regulaba a las garantías mobiliarias, como prendas civiles; y en otras legislaciones, como prendas especiales o prendas sin desplazamiento, haciendo engorroso el asunto ya que se trataba de un contrato de estructura simple.
  • Mediante la Ley N° 28677, Ley de la Garantía Mobiliaria, que rigió desde el 06/07/2006, unificó a las garantías mobiliarias con o sin desplazamiento, es decir, con o sin entrega del bien mueble, derogó las normas del Código Civil sobre prenda, así como las prendas especiales en otras leyes.
  • El Decreto Legislativo 1400 –Decreto Legislativo que aprueba el régimen de garantía mobiliaria– sustituyendo a la anterior Ley 28677, la cual fue publicada con fecha 10/09/2018. Dicha norma fue aprobada en el marco de generar impulso a la economía y desarrollo empresarial, especialmente a favor de las micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME), con el objetivo de mejorar el acceso al financiamiento, mediante el otorgamiento de garantías mobiliarias, entre otras.

DECRETO LEGISLATIVO N° 1400 Y LA NUEVA GARANTÍA MOBILIARIA

šCon fecha 03/08/2019, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1400, norma que sanciona el nuevo régimen legal aplicable a las garantías mobiliarias, teniendo por objeto regular el régimen de garantía mobiliaria y el Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias.

šLa Octava Disposición Complementaria y Final, prescribe:” A partir del día hábil siguiente del funcionamiento de la bases de datos del SIGM, son aplicables y exigibles las disposiciones sobre garantía mobiliaria reguladas en el presente Decreto Legislativo.”

El Decreto Legislativo 1400, nueva Ley de Garantía Mobiliaria, fue objeto de análisis constitucional el pasado 16 de octubre de 2020 materializando dicho examen en la Sentencia 0017-2019-PI/TC, la cual dispuso lo siguiente:

“Este Tribunal advierte que los decretos legislativos cuestionados aún no son aplicables en el ordenamiento jurídico según lo dispuesto en sus respectivos textos normativos.

(…) se aprecia que el Decreto Legislativo 1400 no resultaba aplicable en el ordenamiento jurídico inmediatamente después de su publicación en el diario oficial El Peruano (…)” (subrayado agregado)

Como es evidente, el Tribunal Constitucional pronunció que el Decreto Legislativo 1400 es aún una norma inaplicable en nuestro ordenamiento.

Cabe señalar que con el presente Decreto Legislativo las naves y aeronaves volverán a tener la calidad de inmuebles, tal como se las concibió originalmente con el Código Civil de 1984 y que varió con la Ley de Garantía Mobiliaria del año 2006, la cual les otorgó la calidad de bienes muebles.

JURISPRUDENCIA REGISTRAL SOBRE LA VIGENCIA DEL DECRETO LEGISLATIVO N 1400

šRESOLUCIÓN N° 2965-2021-SUNARP-TR

(…)

Sobre la vigencia del decreto legislativo en mención, en su Octava Disposición Complementaria Final se ha dispuesto que a partir del día hábil siguiente del funcionamiento de las bases de datos del SIGM, son aplicables y exigibles las disposiciones sobre garantía mobiliaria reguladas en el derecho legislativo. En tal sentido, siendo que a la fecha dicho sistema no ha sido implementado, el Decreto Legislativo N.º 1400 no se encuentra vigente en relación a sus disposiciones sobre garantía mobiliaria; y, por ende, no resulta aplicable al presente caso.

SISTEMA INFORMATIVO DE GARANTÍAS MOBILIARIAS Y CONTRATOS (SIGM)

una de las principales novedades del Decreto Legislativo N° 1400, es la implementación de la plataforma electrónica especialmente diseñada para inscribir y publicitar las garantías mobiliarias de acuerdo al Decreto Legislativo 1400, que da lugar a una base de datos pública y de acceso remoto, en la que se archivan en forma electrónica los avisos de constitución, modificación, cancelación y ejecución de las garantías mobiliarias.

BASE LEGAL

- Ley 28677

- Decreto Legislativo N° 1400

- Código Civil