Diferencia entre revisiones de «Casos prácticos del T.P. del TUO del RGRP»

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* <span style="font-size: 17px" >Esto permite una mayor certeza y seguridad sobre la situación jurídica de cada unidad inmobiliaria, evitando confusiones o indeterminaciones al concentrar todas las inscripciones relevantes en partidas separadas.</span>
* <span style="font-size: 17px" >Esto permite una mayor certeza y seguridad sobre la situación jurídica de cada unidad inmobiliaria, evitando confusiones o indeterminaciones al concentrar todas las inscripciones relevantes en partidas separadas.</span>


===V. PRINCIPIO DE LEGALIDAD===
==='''V. PRINCIPIO DE LEGALIDAD'''===
<pre style="font-size:17px; color:green">Los registradores califican la legalidad del título en cuya virtud se solicita la inscripción.
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''<pre style="font-size:17px; color:green">Los registradores califican la legalidad del título en cuya virtud se solicita la inscripción.


La calificación comprende la verificación del cumplimiento de las formalidades propias del título y la capacidad de los otorgantes, así como la validez del acto que, contenido en aquél, constituye la causa directa e inmediata de la inscripción.
La calificación comprende la verificación del cumplimiento de las formalidades propias del título y la capacidad de los otorgantes, así como la validez del acto que, contenido en aquél, constituye la causa directa e inmediata de la inscripción.


La calificación comprende también, la verificación de los obstáculos que pudieran emanar de las partidas registrales y la condición de inscribible del acto o derecho. Se realiza sobre la base del título presentado, de la partida o partidas vinculadas directamente a aquél y, complementariamente, de los antecedentes que obran en el Registro.</pre>
La calificación comprende también, la verificación de los obstáculos que pudieran emanar de las partidas registrales y la condición de inscribible del acto o derecho. Se realiza sobre la base del título presentado, de la partida o partidas vinculadas directamente a aquél y, complementariamente, de los antecedentes que obran en el Registro.</pre>''


=====Ejemplo práctico=====
====='''Ejemplo práctico'''=====
Una persona solicita la inscripción de una compraventa de un inmueble adjuntando la escritura pública respectiva. El registrador procede a calificar la legalidad de dicho título en virtud del cual se solicita la inscripción. </br>
<span style="font-size: 17px" >Una persona solicita la inscripción de una compraventa de un inmueble adjuntando la escritura pública respectiva. El registrador procede a calificar la legalidad de dicho título en virtud del cual se solicita la inscripción. </span>  
En su calificación, el registrador verifica: </br>
#Que la escritura pública cumpla con las formalidades exigidas por ley (firmas, fedatario competente, etc.)
#Que los otorgantes (comprador y vendedor) tengan capacidad jurídica para realizar el acto de compraventa.
#Que el acto jurídico de compraventa contenido en la escritura sea válido conforme a las normas que lo regulan (consentimientos, objeto y causa lícitos, etc.)
#Que no existan obstáculos emanados de la partida registral del inmueble que impidan la inscripción (prohibiciones, anotaciones, etc.)
#Que el acto de compraventa sea inscribible según las normas registrales.


Si tras esta calificación integral el registrador estima que se cumplen los requisitos de legalidad, entonces procederá a inscribir el título de compraventa. De lo contrario, denegará motivadamente la inscripción solicitada.
<span style="font-size: 17px">En su calificación, el registrador verifica:</span>
Así se aplica el principio de legalidad, por el cual el registrador fiscaliza preventivamente la validez y legalidad de los títulos cuya inscripción se solicita.
#<span style="font-size: 17px" >Que la escritura pública cumpla con las formalidades exigidas por ley (firmas, fedatario competente, etc.)</span>
#<span style="font-size: 17px" >Que los otorgantes (comprador y vendedor) tengan capacidad jurídica para realizar el acto de compraventa.</span>
#<span style="font-size: 17px" >Que el acto jurídico de compraventa contenido en la escritura sea válido conforme a las normas que lo regulan (consentimientos, objeto y causa lícitos, etc.)</span>
#<span style="font-size: 17px" >Que no existan obstáculos emanados de la partida registral del inmueble que impidan la inscripción (prohibiciones, anotaciones, etc.)</span>
#<span style="font-size: 17px" >Que el acto de compraventa sea inscribible según las normas registrales.</span>
 
<span style="font-size: 17px" >Si tras esta calificación integral el registrador estima que se cumplen los requisitos de legalidad, entonces procederá a inscribir el título de compraventa. De lo contrario, denegará motivadamente la inscripción solicitada.</span>
 
<span style="font-size: 17px" >Así se aplica el principio de legalidad, por el cual el registrador fiscaliza preventivamente la validez y legalidad de los títulos cuya inscripción se solicita.</span>


===VI. PRINCIPIO DE TRACTO SUCESIVO===
===VI. PRINCIPIO DE TRACTO SUCESIVO===