Diferencia entre revisiones de «Anotación preventiva de certificado de zonificación y vías»
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Artículos 32 y 33 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios. Artículo 18 del ''D.S. 011-2017-VIVIENDA.'' | Artículos 32 y 33 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios. Artículo 18 del ''D.S. 011-2017-VIVIENDA.'' | ||
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No se han aprobado precedentes sobre este acto. | No se han aprobado precedentes sobre este acto. | ||
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Revisión del 15:10 17 sep 2019
La Anotación preventiva de Certificado de zonificación y vías puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
Requisitos para la inscripción
a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. (Solicitarlo en cualquier oficina de Sunarp).
b) Certificado de zonificación y vías, emitido por la Municipalidad Provincial.
c) Certificado de factibilidad de servicios, emitido por los prestadores de servicios de saneamiento y las entidades prestadoras de energía eléctrica.
d) Ordenanza Municipal Provincial que aprueba el planeamiento integral.
Base legal
Artículos 32 y 33 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios. Artículo 18 del D.S. 011-2017-VIVIENDA.
Precedentes de observancia obligatoria
No se han aprobado precedentes sobre este acto.
Resoluciones del Tribunal Registral
1.- CERTIFICADO DE ZONIFICACIÓN Y VÍAS.
“El certificado de zonificación y vías es un documento previo a la habilitación urbana, que se anota preventivamente en el Registro”.
Resolución Nº 063-2013-SUNARP-TR-L de 11/01/2013
2.- FACULTADES DE LAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES.
“De conformidad con lo indicado en el artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades, la Zonificación se encuentra dentro de las competencias o funciones ""exclusivas"" de las municipalidades provinciales y por ende, todo lo referido a dicho trámite es de su competencia”.
Resolución Nº 1800-2010-SUNARP-TR-L de 17/12/2010
3.- ANOTACIÓN PREVENTIVA DE DOCUMENTOS PREVIOS.
“En aplicación de la Ley 29090 y Adecuación del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios a las disposiciones de la Ley 29090, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 339-2008-SUNARP/SN es procedente anotar preventivamente el Certificado de Zonificación y Vías y el Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, entre otros”.
Resolución Nº 003-2009-SUNARP-TR-A de 09/01/2009
Tasas registrales
Derecho de calificación: S/ 34.00
Derecho de inscripción: S/ 8.00
Plazo de calificación: 7 días
- Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título."