618
ediciones
(Página creada con «Consiste en la emisión de una constancia que replica la información del asiento de presentación y/o de la información del número de atención generada por el Diario an…») Etiqueta: visualeditor-wikitext |
Sin resumen de edición Etiqueta: visualeditor-wikitext |
||
(No se muestra una edición intermedia de otro usuario) | |||
Línea 1: | Línea 1: | ||
Consiste en la emisión de una constancia que replica la información del asiento de presentación | Consiste en la emisión de una constancia que replica la información del asiento de presentación generada por el Diario ante la pérdida o extravío del formulario de solicitud de inscripción, permitiendo realizar los trámites vinculados al procedimiento de inscripción registral. | ||
==Requisitos== | ==Requisitos== | ||
* Formulario aprobado por la Sunarp con la indicación del nombre, tipo y número de documento de identidad del solicitante. Asimismo, se debe señalar el número de título, fecha de presentación y registro jurídico | |||
* Pago del derecho registral. | |||
==Procedimiento== | |||
* El procedimiento se inicia con la presentación del formulario a través de la ventanilla de Caja-Publicidad. | |||
* El Duplicado del formulario de solicitud de inscripción debe ser solicitado por el presentante del título. | |||
* En caso el formulario lo presente un tercero, se debe adjuntar la carta poder con firma certificada del presentante del título por notario o fedatario. | |||
* El cajero expide el duplicado del formulario de solicitud de inscripción utilizando el Sistema Informático Registral. | |||
==Base Legal== | ==Base Legal== | ||
Artículo 6.2, 6.2.1, 6.2.2, 6.2.3 | |||
* Artículo 6.2, 6.2.1, 6.2.2, 6.2.3 DIRECTIVA QUE REGULA LA ATENCIÓN Y EXPEDICIÓN DE INFORMACIÓN REGISTRAL QUE NO FORMA PARTE DEL ARCHIVO REGISTRAL Resolución de Superintendencia 038-2016-SUNARPSN 24/02/2016. | |||
* RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 367-2022-SUNARP/GG (29/12/2022) QUE ACTUALIZA EL MONTO DE LOS DERECHOS REGISTRALES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS PARA EL AÑO 2023. | |||
==Pago por derecho de tramitación== | ==Pago por derecho de tramitación== | ||
Monto - S/ | Monto - S/ 6.00 por duplicado de solicitud de inscripción o de boleta de presentación | ||
La tasa es del 0.13% de la U.I.T. | |||
==Plazo== | ==Plazo== | ||
1 días | 1 días hábil |