Diferencia entre revisiones de «Inmatriculación de vehículo importado nuevo»

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Se denomina inmatriculación de vehículos importados a la primera inscripción de un vehículo, la misma que comprende la matrícula del vehículo y la primera inscripción del derecho de propiedad. <ref>Artículo 20 de la Resolución Nº 039-2013-SUNARP-SN que aprueba Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular.</ref>  
La inmatriculación de un vehículo importado puede inscribirse en el Registro de Propiedad Vehicular, la cual comprende la matrícula del vehículo y la primera inscripción del derecho de propiedad. <ref>Artículo 20 de la Resolución Nº 039-2013-SUNARP-SN que aprueba Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular.</ref>  


==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==
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e) Cuando el vehículo ha sido modificado, salvo la modificación de color o de motor, debe presentarse:  
e) Cuando el vehículo ha sido modificado, salvo la modificación de color o de motor, debe presentarse:  


# Certificado de fabricación de la carrocería o certificado de modificación según corresponda con firmas certificadas notarialmente de los otorgantes y del ingeniero responsable.  
#Certificado de fabricación de la carrocería o certificado de modificación según corresponda con firmas certificadas notarialmente de los otorgantes y del ingeniero responsable.
# La copia certificada notarialmente o autenticada por fedatario de la Oficina Registral del certificado de habilidad del Colegio Profesional respectivo, vigente a la fecha cierta del Certificado de Fabricación o Modificación, salvo que su verificación pueda ser obtenida a través del respectivo portal institucional.  
#La copia certificada notarialmente o autenticada por fedatario de la Oficina Registral del certificado de habilidad del Colegio Profesional respectivo, vigente a la fecha cierta del Certificado de Fabricación o Modificación, salvo que su verificación pueda ser obtenida a través del respectivo portal institucional.
# Autorización de Montaje o de Modificación emitidas por el representante autorizado en el Perú del fabricante del vehículo, acompañada de la certificación de representante otorgada por el fabricante según formato previsto en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular; o, Certificado de conformidad de montaje o modificación emitido por Entidad Certificadora autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según corresponda.  
#Autorización de Montaje o de Modificación emitidas por el representante autorizado en el Perú del fabricante del vehículo, acompañada de la certificación de representante otorgada por el fabricante según formato previsto en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular; o, Certificado de conformidad de montaje o modificación emitido por Entidad Certificadora autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según corresponda.
# Certificado de Inspección Técnica Vehicular de Incorporación y la Autorización de Incorporación de Vehículos Especiales emitida por el MTC o entidad autorizada, en caso el vehículo se convierta en un vehículo especial.
#Certificado de Inspección Técnica Vehicular de Incorporación y la Autorización de Incorporación de Vehículos Especiales emitida por el MTC o entidad autorizada, en caso el vehículo se convierta en un vehículo especial.


f) Cuando el color o motor del vehículo ha sido modificado, Formulario Notarial con firma certificada del último adquirente, indicando las nuevas características del vehículo, acompañado del documento acreditativo de la adquisición del motor, cuando corresponda.  
f) Cuando el color o motor del vehículo ha sido modificado, Formulario Notarial con firma certificada del último adquirente, indicando las nuevas características del vehículo, acompañado del documento acreditativo de la adquisición del motor, cuando corresponda.