→Interpretación del artículo 448 inciso N° 9 del Código Civil
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Para inscribir donaciones, legados o herencias voluntarias a favor de menores se requiere contar con autorización judicial cuando aquellos actos estén sujetos a cargo, como modalidad del acto jurídico, y no cuando los bienes objeto de liberalidad estén gravados. | Para inscribir donaciones, legados o herencias voluntarias a favor de menores se requiere contar con autorización judicial cuando aquellos actos estén sujetos a cargo, como modalidad del acto jurídico, y no cuando los bienes objeto de liberalidad estén gravados. | ||
Pleno V del 5 y 6 de setiembre de 2003. | Pleno V, del 5 y 6 de setiembre de 2003. | ||
Resolución que lo sustenta: ''Nº 329-99-ORLC/TR'' y ''Nº 363-2000-ORLC/TR''. | Resolución que lo sustenta: ''Nº 329-99-ORLC/TR'' y ''Nº 363-2000-ORLC/TR''. |