Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transferencia de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio en el registro de bienes muebles»
Etiqueta: visualeditor |
Sin resumen de edición Etiqueta: visualeditor |
||
Línea 1: | Línea 1: | ||
Una persona natural o jurídica solicita inscribir la prescripción adquisitiva de un bien mueble (aeronaves, buques,embarcaciones pesqueras, naves | Una persona natural o jurídica solicita inscribir la prescripción adquisitiva de un bien mueble (aeronaves, buques, embarcaciones pesqueras, naves o vehículos). | ||
o vehículos). | |||
==Requisitos para la inscripción== | ==Requisitos para la inscripción== | ||
Línea 8: | Línea 6: | ||
b) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | b) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | ||
c) Parte judicial que declara la prescripción de dominio de las aeronaves, buques, embarcaciones pesqueras, naves o vehículos, el cual comprende oficio y las copias certificadas de la resolución judicial que declare fundada la prescripción adquisitiva debidamente consentida o ejecutoriada | c) Parte judicial que declara la prescripción de dominio de las aeronaves, buques, embarcaciones pesqueras, naves o vehículos, el cual comprende oficio y las copias certificadas de la resolución judicial que declare fundada la prescripción adquisitiva debidamente consentida o ejecutoriada. | ||
d) Pago de los derechos registrales. | d) Pago de los derechos registrales. | ||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
Línea 22: | Línea 18: | ||
==Precedentes de observancia obligatoria== | ==Precedentes de observancia obligatoria== | ||
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto. | |||
==Jurisprudencia Registral== | ==Jurisprudencia Registral== | ||
No se | No se ha aprobado Jurisprudencia Registral sobre este acto. | ||
==Tasa registral== | ==Tasa registral== | ||
Línea 37: | Línea 29: | ||
==Plazo de calificación== | ==Plazo de calificación== | ||
* 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título). | |||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''' |
Revisión del 01:24 19 jun 2021
Una persona natural o jurídica solicita inscribir la prescripción adquisitiva de un bien mueble (aeronaves, buques, embarcaciones pesqueras, naves o vehículos).
Requisitos para la inscripción
a) Parte notarial de la escritura pública o acta notarial que declara la propiedad por prescripción adquisitiva de dominio vehicular, en donde se insertará los avisos, el acta de presencia y demás instrumentos que el solicitante o el Notario consideren necesarios, acompañando el Certificado de no haber sido robado.
b) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
c) Parte judicial que declara la prescripción de dominio de las aeronaves, buques, embarcaciones pesqueras, naves o vehículos, el cual comprende oficio y las copias certificadas de la resolución judicial que declare fundada la prescripción adquisitiva debidamente consentida o ejecutoriada.
d) Pago de los derechos registrales.
Base legal
- Artículo 952° del Código Civil aprobado por el Decreto Legislativo N° 295 (24/07/1984).
- Artículos 1°, 2°, 3° y 10° (modificado por Decreto Legislativo N°1451) de la Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional aprobada por Ley 26366 (14/10/1994).
- Artículos 14°, 15° y 28° inciso b) T.U.O del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por la Resolución de Superintendencia N°126-2012- SUNARP/SN (18/05/2012).
- Artículo 3° literal g de la Ley que regula el traslado de las inscripciones de vehículos menores y su acervo documentario de las municipalidades a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP aprobada por la Ley N° 28325 (11/08/2004).
- Artículo 76° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobada por la Resolución de Superintendencia N° 039-2013- SUNARP/SN (15/02/2013).
Precedentes de observancia obligatoria
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.
Jurisprudencia Registral
No se ha aprobado Jurisprudencia Registral sobre este acto.
Tasa registral
- Derecho de calificación: S/ 36.00
- Derecho de inscripción: 0.26% de UIT
Plazo de calificación
- 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título).
"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'