Diferencia entre revisiones de «Cancelación (total o parcial) de emisiones de obligaciones no colocadas total o parcialmente»

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== ¿Qué es? ==
La [[Cancelación]] (total o parcial) de [[Emisión de obligaciones]] corresponde al Registro de Personas Jurídicas.  
 
Es el acto por el cual se realiza la cancelación (total o parcial) de la emisión de obligaciones no colocadas total o parcialmene.
 
La Emisión o colocación de Obligaciones es un mecanismo de endeudamiento o modalidad de captación de ahorro-inversión del público en el Mercado de Valores, en forma directa y sin intermediación financiera de los agentes del sistema bancario, mediante el cual el inversionista acepta constituirse en acreedor del emisor y no en copropietario o partícipe del negocio o empresa a la que se destinará sus recursos, como ocurre cuando adquiere otra clase de valores no representativos de deuda , salvo que ello sea una condición o característica de la emisión. La colocación del valor, dentro o fuera de un programa, deberá efectuarse dentro del plazo previsto por la Superintendencia del Mercado de Valores, mediante disposiciones de carácter general. De no producirse, podrá acordarse la cancelación o reducción de la emisión.


== Requisitos para la inscripción ==
== Requisitos para la inscripción ==
2010

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