Diferencia entre revisiones de «Inscripción de rectificación de la calidad de un bien al régimen de sociedad de gananciales en el Registro Jurídico de Bienes Muebles»
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Una o mas personas naturales requieren rectificar la titularidad de sus bienes en relación a la sociedad de gananciales toda vez que no se realizó | Una o mas personas naturales requieren rectificar la titularidad de sus bienes en relación a la sociedad de gananciales toda vez que no se realizó | ||
en su oportunidad, con la finalidad de identificar y poder publicitar los bienes que corresponden a la sociedad conyugal. | en su oportunidad, con la finalidad de identificar y poder publicitar los bienes que corresponden a la sociedad conyugal. | ||
REQUISITOS | REQUISITOS | ||
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | ||
2.- Copia certificada de la Partida de Matrimonio emitida por el funcionario correspondiente. | 2.- Copia certificada de la Partida de Matrimonio emitida por el funcionario correspondiente. | ||
BASE LEGAL | BASE LEGAL | ||
10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994. | * VII Disposiciones Específicas de la Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 | ||
* 295, 296, 298, 299, 310,311, 318, 319, 320, 322, 323, 324, 330, 2008, 2009, 2011 y 2013 del Código Civil Decreto Legislativo 295 25/07/1984 | |||
* 14 Ley General del Sistema Concursal Ley 27809 08/08/2002 85 T.U.O. DEL REGLAMENTO GENERAL DE REGISTROS PÚBLICOS | |||
* Resolución de Superintendencia 126-2012-SUNARP/SN | |||
* 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994. | |||
Precedentes de observancia obligatoria | Precedentes de observancia obligatoria |
Revisión del 23:27 2 jun 2021
DESCRIPCION Una o mas personas naturales requieren rectificar la titularidad de sus bienes en relación a la sociedad de gananciales toda vez que no se realizó en su oportunidad, con la finalidad de identificar y poder publicitar los bienes que corresponden a la sociedad conyugal.
REQUISITOS
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
2.- Copia certificada de la Partida de Matrimonio emitida por el funcionario correspondiente.
BASE LEGAL
- VII Disposiciones Específicas de la Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020
- 295, 296, 298, 299, 310,311, 318, 319, 320, 322, 323, 324, 330, 2008, 2009, 2011 y 2013 del Código Civil Decreto Legislativo 295 25/07/1984
- 14 Ley General del Sistema Concursal Ley 27809 08/08/2002 85 T.U.O. DEL REGLAMENTO GENERAL DE REGISTROS PÚBLICOS
- Resolución de Superintendencia 126-2012-SUNARP/SN
- 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994.
Precedentes de observancia obligatoria
No se han aprobado precedentes sobre este acto
Jurisprudencia Registral
No jurisprudencia registral sobre este acto
Tasa registral
Derecho de presentación: S/ 22.00
Derecho de inscripción: S/ 56.00
Plazo de calificación
7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados).