Inscripción de transferencia de propiedad con pacto de retroventa
La transferencia de un bien inmueble con pacto de retroventa puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
Requisitos para la inscripción
a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
b) Parte notarial de escritura pública o, si el valor del inmueble no supere las 20 UIT, formulario registral certificado notarialmente, en el que conste el pacto de retroventa.
c) Pago de tasas registrales.
Precedente de observancia obligatoria
Naturaleza del plazo de retroventa
La naturaleza del plazo legal o convencional del plazo de retroventa es uno de caducidad.
Pleno XXV: Primer precedente, Sesión ordinaria realizada los días 12 y 13 de abril de 2007.
Cancelación de la inscripción del pacto de retroventa
Para cancelar la inscripción del pacto de retroventa bastará presentar una solicitud simple, debiendo el Registrador constatar que ha transcurrido el plazo pactado o el máximo establecido por el Código Civil, sin que conste en la partida asiento alguno que evidencie que el vendedor a ha hecho uso de su derecho resolutorio.
Procede la inscripción de la resolución unilateral ejercida por el vendedor dentro del plazo pactado o fijado por Ley, aun cuando se hubiere cancelado la inscripción del pacto, si es que no existen terceros cuyo derecho inscrito puede perjudicarse con dicha resolución.
Criterio adoptado en la Resolución Nº 001-2007-SUNARP-TR-T del 03 de enero de 2007.
Pleno XXV: Segundo precedente, Sesión ordinaria realizada los días 12 y 13 de abril de 2007.
Jurisprudencia Registral
Resoluciones del Tribunal Registral
Sumilla de la Resolución Nº 1852-2020-SUNARP-TR-L de 19/10/2020 sobre Naturaleza del plazo del pacto de retroventa y Cancelación de la inscripción del pacto de retroventa
"La naturaleza del plazo legal o convencional del pacto de retroventa es uno de caducidad".
"Para cancelar la inscripción del pacto de retroventa bastará presentar una solicitud simple, debiendo el registrador constatar que ha transcurrido el plazo pactado o el máximo establecido en el Código Civil sin que conste en la partida asiento alguno que evidencie que el vendedor ha hecho uso de su derecho resolutorio".
Sumilla de la Resolución Nº 088-2015-SUNARP-TR-T de 24/02/2015 sobre cancelación de la inscripción del pacto de retroventa
"Para cancelar la inscripción del pacto de retroventa bastará presentar una solicitud simple, debiendo el registrador constatar que ha transcurrido el plazo pactado o el máximo establecido por el Código Civil sin que conste en la partida asiento alguno que evidencie que el vendedor ha hecho uso de su derecho resolutorio".
Tasas registrales
Tasa aplicable al predio valorizado hasta S/ 35 000.00
- Derecho de Presentación: S/ 36.00
- Derecho de inscripción: Valor del acto X 0.75/1000
Tasa aplicable al predio valorizado en más de S/ 35 000.00
- Derecho de Presentación: S/ 36.00
- Derecho de inscripción: Valor del acto X 1.5/1000
Plazo de calificación
- 7 días hábiles (Sujeto a complejidad del título).