Actos relacionados a los Verificadores Ad Hoc

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El Verificador Ad hoc (ingeniero o arquitecto) es aquel que ejerce su función como especialista y representante de cualquiera de las entidades llamadas por ley para la protección del patrimonio monumental, natural, la seguridad, entre otras. Constata la existencia de transgresiones a las normas de protección de bienes inmuebles que constituyan parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, natural y/o de seguridad, entre otras, al amparo de la Ley N° 27157. Para ser reconocido como verificador Ad Hoc, se necesita estar inscrito en el Índice de Verificadores de la SUNARP, ya que solo así podrá elaborar y suscribir el informe técnico de verificación que se acompaña al título presentado ante el Registro de Predios. Actos: 1.- Inscripción de Verificador Ad Hoc. 2.- Cancelación del Verificador Ad Hoc en el índice de Verificadores.

Requisitos

1.- Formato de solicitud de inscripción en el Índice de Verificadores 2.- Copia simple de la resolución emitida por el Ministerio de Cultura, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED o el Ministerio de Defensa, que otorgan la acreditación del profesional como Verificador Ad Hoc. 3.- Para la Cancelación de la Inscripción de Verificador Ad Hoc, se requiere Resolución administrativa firme. Notas: 1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.

Base Legal

VII Disposiciones Específicas DIRECTIVA DI-002-SNR-DTR, DIRECTIVA QUE REGULA PROCEDIMIENTOS REGISTRALES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS AGRUPADOS Resolución de Superintendencia 107 14/08/2020 10, 11, 12 , 13 y SEXTA DISPOSICIÓN TRANSITORIA. Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 27157, Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común. Modificado por Decreto Supremo N° 008-2019-VIVIENDA Decreto Supremo 035-2006-VIVIENDA 08/11/2006 3 y 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Ley 26366 14/10/1994

Pago por derecho de tramitación

Monto - S/ 119.80

Plazo de atención

7 días hábiles