Diferencia entre revisiones de «Anotación preventiva de certificado de zonificación y vías»
Anotación preventiva de certificado de zonificación y vías (ver código)
Revisión del 04:28 7 abr 2020
, 7 abr 2020→Requisitos para la inscripción
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== Requisitos para la inscripción == | == Requisitos para la inscripción == | ||
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | |||
b) Certificado de Zonificación y Vías emitido por las Municipalidades Provinciales o por la Municipalidad Metropolitana de Lima. | |||
c) El Certificado debe contener los datos contemplados en el artículo 14 de la Ley N° 29090 y el plazo de vigencia. | |||
d) Certificado de Factibilidad de Servicios emitido por las prestadoras de Servicio de Saneamiento y las Entidades Prestadoras de Energía Eléctrica. | |||
e) El Certificado debe indicar si el predio cuenta con factibilidad de servicios, o, en caso de que el acceso al servicio sea posterior, los datos contemplados en los | |||
literales b), c) y d) del numeral 3 del artículo 14 de la Ley N° 29090. | |||
f) Pago de derechos registrales. | |||
g) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | |||
==Base legal== | |||
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012). | |||
* Artículos 32 y 33 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN (03/05/2013). | |||
* Artículo 14 de la Ley N° 29090; Art. 18 del D.S. 011-2017- Vivienda ( 15/05/2017). | |||
* Artículo 2011 del Código Civil aprobado D.Leg. N° 295 (25/07/1984). | |||
* D.S. N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral. | |||
==Precedentes de observancia obligatoria== | |||
No se han aprobado precedentes sobre este acto. | No se han aprobado precedentes sobre este acto. | ||
==Jurisprudencia Registral== | |||
=== Resoluciones del Tribunal Registral === | |||
====Sumilla de la Resolución 063-2013-SUNARP-TR-L de 11/01/2013 sobre certificado de zonificación y vías==== | |||
== Resoluciones del Tribunal Registral == | |||
''El certificado de zonificación y vías es un documento previo a la habilitación urbana, que se anota preventivamente en el Registro.'' | |||
====Sumilla de la Resolución 1800-2010-SUNARP-TR-L de 17/12/2010 sobre facultades de las municipalidades provinciales==== | |||
''De conformidad con lo indicado en el artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades, la Zonificación se encuentra dentro de las competencias o funciones ""exclusivas"" de las municipalidades provinciales y por ende, todo lo referido a dicho trámite es de su competencia.'' | |||
====Sumilla de la Resolución 003-2009-SUNARP-TR-A de 09/01/2009 sobre anotación preventiva de documentos previos==== | |||
Resolución | |||
''En aplicación de la Ley N° 29090 y Adecuación del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios a las disposiciones de la Ley 29090, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 339-2008-SUNARP/SN es procedente anotar preventivamente el Certificado de Zonificación y Vías y el Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, entre otros.'' | |||
== Tasas registrales == | == Tasas registrales == | ||
*Derecho de presentación: S/ 34.00 | |||
*Derecho de inscripción: S/ 7.00 | |||
Derecho de | |||
Derecho de inscripción: S/ | |||
Plazo de calificación | ==Plazo de calificación== | ||
7 días hábiles | |||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".''''' |