Diferencia entre revisiones de «Anotación preventiva de certificado de zonificación y vías»
Anotación preventiva de certificado de zonificación y vías (ver código)
Revisión del 04:28 7 abr 2020
, 7 abr 2020→Requisitos para la inscripción
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La [[Anotación preventiva]] de [[Certificado de zonificación y vías]] puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble. | La [[Anotación preventiva]] de [[Certificado de zonificación y vías]] puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble. | ||
== Requisitos para la inscripción == | == Requisitos para la inscripción == | ||
b) Certificado de Zonificación y Vías emitido por las Municipalidades Provinciales o | a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | ||
por la Municipalidad Metropolitana de Lima. | |||
b) Certificado de Zonificación y Vías emitido por las Municipalidades Provinciales o por la Municipalidad Metropolitana de Lima. | |||
c)El Certificado debe contener los datos contemplados en el | c) El Certificado debe contener los datos contemplados en el artículo 14 de la Ley N° 29090 y el plazo de vigencia. | ||
artículo 14 de la Ley N° 29090 y el plazo de vigencia. | |||
d)Certificado de Factibilidad de Servicios emitido por las prestadoras de Servicio | d) Certificado de Factibilidad de Servicios emitido por las prestadoras de Servicio de Saneamiento y las Entidades Prestadoras de Energía Eléctrica. | ||
de Saneamiento y las Entidades | |||
e)El Certificado debe indicar si el predio cuenta con factibilidad de servicios, o, en | e) El Certificado debe indicar si el predio cuenta con factibilidad de servicios, o, en caso de que el acceso al servicio sea posterior, los datos contemplados en los | ||
caso de que el acceso al servicio sea posterior, los datos contemplados en los | |||
literales b), c) y d) del numeral 3 del artículo 14 de la Ley N° 29090. | literales b), c) y d) del numeral 3 del artículo 14 de la Ley N° 29090. | ||
f)Pago de derechos registrales. | f) Pago de derechos registrales. | ||
g) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | |||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN | |||
(18/05/2012) | * Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012). | ||
* Artículos 32 y 33 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN | * Artículos 32 y 33 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN (03/05/2013). | ||
(03/05/2013) | * Artículo 14 de la Ley N° 29090; Art. 18 del D.S. 011-2017- Vivienda ( 15/05/2017). | ||
* Artículo 14 de la Ley N° 29090; Art. 18 del D.S. 011-2017- Vivienda ( 15/05/2017) | * Artículo 2011 del Código Civil aprobado D.Leg. N° 295 (25/07/1984). | ||
* Artículo 2011 del Código Civil aprobado D.Leg. N° 295 (25/07/1984) | |||
* D.S. N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral. | * D.S. N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral. | ||
==Precedentes de observancia obligatoria== | ==Precedentes de observancia obligatoria== | ||
Línea 34: | Línea 33: | ||
==Jurisprudencia Registral== | ==Jurisprudencia Registral== | ||
=== Resoluciones del Tribunal Registral === | === Resoluciones del Tribunal Registral === | ||
====Sumilla de la Resolución 063-2013-SUNARP-TR-L de 11/01/2013 sobre certificado de zonificación y vías==== | ====Sumilla de la Resolución 063-2013-SUNARP-TR-L de 11/01/2013 sobre certificado de zonificación y vías==== | ||
Línea 51: | Línea 49: | ||
*Derecho de presentación: S/ 34.00 | *Derecho de presentación: S/ 34.00 | ||
*Derecho de inscripción: S/ | *Derecho de inscripción: S/ 7.00 | ||
==Plazo de calificación== | |||
7 días hábiles | |||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".''''' | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".''''' |