Diferencia entre revisiones de «Anotación preventiva de certificado de zonificación y vías»

sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext
Línea 4: Línea 4:


== Requisitos para la inscripción ==
== Requisitos para la inscripción ==
a) Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.


a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. (Solicitarlo en cualquier oficina de Sunarp).
b) Certificado de Zonificación y Vías emitido por las Municipalidades Provinciales o
por la Municipalidad Metropolitana de Lima.


b) Certificado de zonificación y vías, emitido por la Municipalidad Provincial.
c)El Certificado debe contener los datos contemplados en el numeral 1 del
artículo 14 de la Ley N° 29090 y el plazo de vigencia.


c) Certificado de factibilidad de servicios, emitido por los prestadores de servicios de saneamiento y las entidades prestadoras de energía eléctrica.
d)Certificado de Factibilidad de Servicios emitido por las prestadoras de Servicio
de Saneamiento y las Entidades Prestdoras de Energia Electrica.
 
e)El Certificado debe indicar si el predio cuenta con factibilidad de servicios, o, en
caso de que el acceso al servicio sea posterior, los datos contemplados en los
literales b), c) y d) del numeral 3 del artículo 14 de la Ley N° 29090.
 
f)Pago de derechos registrales.


d) Ordenanza Municipal Provincial que aprueba el planeamiento integral.


==Base legal==
==Base legal==


Artículos 32 y 33 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios. Artículo 18 del ''D.S. 011-2017-VIVIENDA.''
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN
(18/05/2012)
* Artículos 32 y 33 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN
(03/05/2013)
* Artículo 14 de la Ley N° 29090; Art. 18 del D.S. 011-2017- Vivienda ( 15/05/2017)
* Artículo 2011 del Código Civil aprobado D.Leg. N° 295 (25/07/1984)
* D.S. N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral.
 


==Precedentes de observancia obligatoria==
==Precedentes de observancia obligatoria==
Línea 35: Línea 51:


== Tasas registrales ==
== Tasas registrales ==
0.77% de la U.I.T por
derecho de calificación, y
0.19% de la U.I.T por
derecho de inscripción.


*Derecho de presentación: S/ 34.00
*Derecho de presentación: S/ 34.00
2010

ediciones