Diferencia entre revisiones de «Anotación preventiva del contrato de opción»
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==Requisitos para la inscripción== | |||
a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | |||
b) [[Parte notarial]] de escritura pública otorgada por los contratantes. | |||
c) Pago de derechos registrales. | |||
d) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | |||
==Tener en cuenta== | |||
*De acuerdo al artículo 148 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, el asiento registral del contrato de opción tiene la calidad de anotación preventiva. | |||
*El contrato de opción debe indicar el plazo para ejercer el derecho, determinación del bien, el precio, la forma de pago, el término inicial del plazo o la fecha del contrato. En su caso, el plazo adicional que los contratantes hubieran pactado para efectos de formalizar el ejercicio del derecho de opción concedido. | |||
*La anotación preventiva del contrato de opción caducará automáticamente y de pleno derecho, al cumplirse el plazo para el ejercicio de la opción. | |||
*Se puede inscribir la renovación del contrato de opción siempre que hubiese sido pactado antes del vencimiento y que no conste en la partida registral un asiento incompatible. | |||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
* | *Artículos 12, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012). | ||
*Artículo 148 del Reglamento de | *Artículo 148 y 149 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por [[Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN]] (03/05/2013). | ||
*Artículos 1419, 1423, 2023 del Código Civil aprobado por Decreto Legislativo N° 295 (25/07/1984). | |||
No se han aprobado precedentes sobre este acto. | ==Precedentes de observancia obligatoria== | ||
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto. | |||
==Jurisprudencia Registral== | ==Jurisprudencia Registral== | ||
===Resoluciones del Tribunal Registral=== | ===Resoluciones del Tribunal Registral=== | ||
====Sumilla de la Resolución | ====Sumilla de la Resolución 1357-2020-SUNARP-TR-L del 10/08/2020 sobre el plazo del contrato de opción==== | ||
''El plazo del contrato de opción debe ser determinado o determinable, cuya extensión es dejada a la voluntad de las partes. Sólo si las partes no establecen plazo alguno, éste será de un año.'' | |||
====Sumilla de la Resolución 427-2020-SUNARP-TR-L de 06/02/2020 sobre contrato de opción==== | |||
''Para proceder a la anotación preventiva del contrato de opción, debe contarse con todos los elementos y condiciones del contrato definitivo. Sin embargo, no resulta procedente cuando el plazo de la opción se encuentra sujeto a condición suspensiva.'' | |||
====Sumilla de la Resolución 233-2019-SUNARP-TR-A de 29/03/2019 sobre contrato preparatorio de compraventa==== | |||
''Bajo la normativa del Código Civil vigente, el contrato preparatorio; debe analizarse, para su inscripción en el Registro de Predios, si se trate de un contrato de opción de compra, en cuyo caso procederá la anotación preventiva del mismo, o un contrato de compromiso de contratar que no constituye un acto inscribible'' | |||
'' | ==Tasas registrales== | ||
'''Tasa aplicable respecto a actos valorizados hasta S/ 35 000.00 soles''' | |||
*Derecho de Calificación: S/ 36.00 | |||
*Derecho de inscripción: Valor del acto X 0.75/1000 | |||
'''Tasa aplicable respecto a actos valorizados mayor a S/ 35 000.00''' | |||
Derecho de | *Derecho de Calificación: S/ 36.00 | ||
*Derecho de inscripción: Valor del acto X 1.5/1000 | |||
==Plazo de calificación== | |||
7 días hábiles ( | 7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados). | ||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''' |
Revisión actual - 04:51 7 jun 2021
La Anotación preventiva del Contrato de opción puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
Requisitos para la inscripción
a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
b) Parte notarial de escritura pública otorgada por los contratantes.
c) Pago de derechos registrales.
d) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
Tener en cuenta
- De acuerdo al artículo 148 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, el asiento registral del contrato de opción tiene la calidad de anotación preventiva.
- El contrato de opción debe indicar el plazo para ejercer el derecho, determinación del bien, el precio, la forma de pago, el término inicial del plazo o la fecha del contrato. En su caso, el plazo adicional que los contratantes hubieran pactado para efectos de formalizar el ejercicio del derecho de opción concedido.
- La anotación preventiva del contrato de opción caducará automáticamente y de pleno derecho, al cumplirse el plazo para el ejercicio de la opción.
- Se puede inscribir la renovación del contrato de opción siempre que hubiese sido pactado antes del vencimiento y que no conste en la partida registral un asiento incompatible.
Base legal
- Artículos 12, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012).
- Artículo 148 y 149 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN (03/05/2013).
- Artículos 1419, 1423, 2023 del Código Civil aprobado por Decreto Legislativo N° 295 (25/07/1984).
Precedentes de observancia obligatoria
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.
Jurisprudencia Registral
Resoluciones del Tribunal Registral
Sumilla de la Resolución 1357-2020-SUNARP-TR-L del 10/08/2020 sobre el plazo del contrato de opción
El plazo del contrato de opción debe ser determinado o determinable, cuya extensión es dejada a la voluntad de las partes. Sólo si las partes no establecen plazo alguno, éste será de un año.
Sumilla de la Resolución 427-2020-SUNARP-TR-L de 06/02/2020 sobre contrato de opción
Para proceder a la anotación preventiva del contrato de opción, debe contarse con todos los elementos y condiciones del contrato definitivo. Sin embargo, no resulta procedente cuando el plazo de la opción se encuentra sujeto a condición suspensiva.
Sumilla de la Resolución 233-2019-SUNARP-TR-A de 29/03/2019 sobre contrato preparatorio de compraventa
Bajo la normativa del Código Civil vigente, el contrato preparatorio; debe analizarse, para su inscripción en el Registro de Predios, si se trate de un contrato de opción de compra, en cuyo caso procederá la anotación preventiva del mismo, o un contrato de compromiso de contratar que no constituye un acto inscribible
Tasas registrales
Tasa aplicable respecto a actos valorizados hasta S/ 35 000.00 soles
- Derecho de Calificación: S/ 36.00
- Derecho de inscripción: Valor del acto X 0.75/1000
Tasa aplicable respecto a actos valorizados mayor a S/ 35 000.00
- Derecho de Calificación: S/ 36.00
- Derecho de inscripción: Valor del acto X 1.5/1000
Plazo de calificación
7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados).
"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".