Diferencia entre revisiones de «Autenticación de firma del registrador»

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Documento que da fe de la legitimidad de la certificación efectuada sobre un certificado literal o compendioso que se requiera presentar en el extranjero.
La solicitud se realiza ante la Ventanilla de Caja, Ventanilla de Publicidad u Oficina de Trámite Documentario de la respectiva Oficina Registral.  
La solicitud se realiza ante la Ventanilla de Caja, Ventanilla de Publicidad u Oficina de Trámite Documentario de la respectiva Oficina Registral.  


==Requisitos==
==Requisitos==


*Formato  de solicitud de publicidad debidamente llenado y suscrito.
1.- Formulario aprobado por la Sunarp con la indicación del nombre, tipo y número de documento de identidad del solicitante 2.- Certificado literal o compendioso sobre el que se requiere la autenticación 3.- Pago del derecho registral.
 
*Pago de derechos registrales.


==Plazo para resolver==
==Plazo para resolver==


El plazo para resolver es de tres (03) días hábiles.
El plazo para resolver es de tres (03) días hábiles.
==Pago por derecho de tramitación==
Monto - S/ 27.90


==Tasa==
==Tasa==
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==Base Legal==
==Base Legal==


*Artículos 6.13, 6.13.1, 6.13.2 y 6.13.3 de Directiva N° 003-2016-SUNARP-SN aprobado por la Resolución N° 038-2016-SUNARP-SN (24/02/2016).
6.13, 6.13.1, 6.13.2 y 6.13.3 DIRECTIVA QUE REGULA LA ATENCIÓN Y EXPEDICIÓN DE INFORMACIÓN REGISTRAL QUE NO FORMA PARTE DEL ARCHIVO REGISTRAL aprobado por la Resolución de Superintendencia N°038-2016- SUNARP/SN (24/02/2016).
 
*Artículo 98 inciso j) del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP aprobado por Resolución Suprema N° 139-2002-JUS (22/07/2002). 
 
*Artículo 113 de la Ley N° 27444. Numeral 7 del rubro D de Anexo del Decreto Supremo N° 37-94-JUS.

Revisión del 12:38 20 may 2021

Documento que da fe de la legitimidad de la certificación efectuada sobre un certificado literal o compendioso que se requiera presentar en el extranjero. La solicitud se realiza ante la Ventanilla de Caja, Ventanilla de Publicidad u Oficina de Trámite Documentario de la respectiva Oficina Registral.

Requisitos

1.- Formulario aprobado por la Sunarp con la indicación del nombre, tipo y número de documento de identidad del solicitante 2.- Certificado literal o compendioso sobre el que se requiere la autenticación 3.- Pago del derecho registral.

Plazo para resolver

El plazo para resolver es de tres (03) días hábiles.

Pago por derecho de tramitación

Monto - S/ 27.90

Tasa

La tasa es del 0.21% de la U.I.T.

Base Legal

6.13, 6.13.1, 6.13.2 y 6.13.3 DIRECTIVA QUE REGULA LA ATENCIÓN Y EXPEDICIÓN DE INFORMACIÓN REGISTRAL QUE NO FORMA PARTE DEL ARCHIVO REGISTRAL aprobado por la Resolución de Superintendencia N°038-2016- SUNARP/SN (24/02/2016).