Diferencia entre revisiones de «Bloqueo de partida registral»

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====Sumilla de la Resolución 214-2015-SUNARP-TR-A sobre retroprioridad del título con bloqueo registral====
====Sumilla de la Resolución 214-2015-SUNARP-TR-A sobre retroprioridad del título con bloqueo registral====
''Una vez formalizado el contrato mediante escritura pública y siempre que ésta se inscriba dentro del plazo de vigencia del bloqueo registral, los efectos de dicha inscripción se retrotraen a la fecha del asiento de presentación del título que dio mérito al mismo.''
''Una vez formalizado el contrato mediante escritura pública y siempre que ésta se inscriba dentro del plazo de vigencia del bloqueo registral, los efectos de dicha inscripción se retrotraen a la fecha del asiento de presentación del título que dio mérito al mismo.''
==Tasa registral==
*Derecho de presentación: S/ 34.00
*Derecho de inscripción: S/ 7.00
*Plazo de calificación: 24 horas (Resolución Nº 320-2010-SUNARP/SN)
  '''''"Solicitud referida a sólo a una partida registral y únicamente al acto de bloqueo registral". '''''
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