Diferencia entre revisiones de «Certificado de búsqueda catastral»
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*Plano de ubicación el mismo que debe contener el esquema de localización. | *Formato de solicitud de publicidad debidamente llenado y suscrito o a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea. | ||
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*Plano perimétrico el mismo que debe de contener su cuadro de datos técnicos. | *Plano perimétrico el mismo que debe de contener su cuadro de datos técnicos. | ||
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*Decreto Supremo N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral. | *Decreto Supremo N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral. | ||
Revisión del 23:58 17 may 2021
Es el instrumento público suscrito por un registrador, abogado certificador o certificador debidamente autorizado, según corresponda, que acredita si el polígono descrito en el plano presentado se encuentra inmatriculado o si parcial o totalmente forma parte de un predio ya inscrito que conste incorporado a la Base Gráfica Registral.
El certificado de búsqueda catastral tiene la calidad de Certificado compendioso y se realiza ante la Ventanilla de Caja, Ventanilla de Publicidad u Oficina de Trámite Documentario de la respectiva Oficina Registral.
Requisitos
- Formato de solicitud de publicidad debidamente llenado y suscrito o a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea.
- Plano de ubicación el mismo que debe contener el esquema de localización.
- Plano perimétrico el mismo que debe de contener su cuadro de datos técnicos.
- Memoria descriptiva.
- Pago de derechos registrales.
- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
Plazo para resolver
El plazo para resolver es de quince (15) días hábiles.
Tasa
La tasa es del 1.61% de la U.I.T por busqueda.
Base Legal
- Artículos 85, 86, 87 y 88 del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral aprobado por Resolución N° 281-2015-SUNARP-SN (03/11/2015).
- Directiva N° 002-2014-SUNARP/SN aprobada por Resolución N° 120-2014-SUNARP/SN (30/05/2014).
- Decreto Supremo N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral.