Certificado de cargas y gravámenes u otro compendioso no comprendido expresamente
La solicitud se realiza ante la Ventanilla de Caja, Ventanilla de Publicidad u Oficina de Trámite Documentario de la respectiva Oficina Registral. Aunque las partidas registrales también pueden visualizarse a través del Sistema de Publicidad Registral en Línea - SPRL.
Requisitos
- Formato de solicitud de publicidad debidamente llenado y suscrito.
- Pago de derechos registrales.
Plazo para resolver
El plazo para resolver es de tres (03) días hábiles.
Tasa
La tasa es del 0.97% de la U.I.T por certificado, si es del Registro de Predios.
Base Legal
- Artículos 17 inciso b), 79 y el Segundo párrafo de la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral (03/11/2015).
- Decreto Supremo N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral.