Diferencia entre revisiones de «Contratos de arrendamiento en el marco del Decreto Legislativo N° 1177»

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La Contratos de arrendamiento en el marco del Decreto Legislativo N° 1177 puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
Los contratos de arrendamiento en el marco del Decreto Legislativo N° 1177 pueden inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.  
a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.  


2.- Copia certificada por notario o por juez de paz letrado del Formulario Único de Arrendamiento de Inmueble Destinado a Vivienda - FUA ; o, del Formulario Único de Arrendamiento con Opción de Compra de Inmueble Destinado a Vivienda - FUAO; o, del Formulario Único de Arrendamiento - Financiero (Leasing) de Inmueble Destinado a Vivienda - FUAL, según corresponda
b) Copia certificada por notario o por Juez de Paz Letrado del Formulario Único de Arrendamiento de Inmueble Destinado a Vivienda - FUA ; o, del Formulario Único de Arrendamiento con Opción de Compra de Inmueble Destinado a Vivienda - FUAO; o, del Formulario Único de Arrendamiento - Financiero (Leasing) de Inmueble Destinado a Vivienda - FUAL, según corresponda.


c) Pago de Derechos Registrales
c) Pago de Derechos Registrales.
 
d) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.  
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==Base legal==
==Base legal==


*Artículos VII, A y 24 de la Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados aprobada por la Resolución de Superintendencia 107-2020- SUNARP/SN (14/08/2020).
*Artículos VII, A y 24 de la Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados aprobada por la Resolución de Superintendencia 107-2020- SUNARP/SN (14/08/2020).
*Artículos 10.3° y 12.3° del Decreto Legislativo que establece el Régimen de Promoción del Arrendamiento para Vivienda aprobado por el Decreto Legislativo 1177 (18/07/2015).
*Artículos 10.3° y 12.3° del Decreto Legislativo que establece el Régimen de Promoción del Arrendamiento para Vivienda aprobado por el Decreto Legislativo 1177 (18/07/2015).
*Artículos 4°, 15° del  Reglamento del Decreto Legislativo N° 1177 aprobado por el Decreto Supremo 017-2015-VIVIENDA (03/11/2015).  
*Artículos 4°, 15° del  Reglamento del Decreto Legislativo N° 1177 aprobado por el Decreto Supremo 017-2015-VIVIENDA (03/11/2015).
*Artículo 10° de la Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional aprobada por la Ley 26366 (16/10/1994), y modificado por Decreto Legislativo 1451.<br />
*Artículo 10° de la Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional aprobada por la Ley 26366 (16/10/1994), y modificado por Decreto Legislativo 1451.


==Precedentes de observancia obligatoria==
==Precedentes de observancia obligatoria==
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==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==
===Resoluciones del Tribunal Registral===
===Resoluciones del Tribunal Registral===
No se han encontrado resoluciones relevantes sobre este acto.<br />
No se han encontrado resoluciones relevantes sobre este acto.
==Tasas registrales==
==Tasas registrales==


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*Plazo de calificación: 7 días hábiles


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== Plazo de calificación ==
* 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título).<br />
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''

Revisión del 17:01 16 jun 2021

Los contratos de arrendamiento en el marco del Decreto Legislativo N° 1177 pueden inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.

Requisitos para la inscripción

a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

b) Copia certificada por notario o por Juez de Paz Letrado del Formulario Único de Arrendamiento de Inmueble Destinado a Vivienda - FUA ; o, del Formulario Único de Arrendamiento con Opción de Compra de Inmueble Destinado a Vivienda - FUAO; o, del Formulario Único de Arrendamiento - Financiero (Leasing) de Inmueble Destinado a Vivienda - FUAL, según corresponda.

c) Pago de Derechos Registrales.

Base legal

  • Artículos VII, A y 24 de la Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados aprobada por la Resolución de Superintendencia 107-2020- SUNARP/SN (14/08/2020).
  • Artículos 10.3° y 12.3° del Decreto Legislativo que establece el Régimen de Promoción del Arrendamiento para Vivienda aprobado por el Decreto Legislativo 1177 (18/07/2015).
  • Artículos 4°, 15° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1177 aprobado por el Decreto Supremo 017-2015-VIVIENDA (03/11/2015).
  • Artículo 10° de la Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional aprobada por la Ley 26366 (16/10/1994), y modificado por Decreto Legislativo 1451.

Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

No se han encontrado resoluciones relevantes sobre este acto.

Tasas registrales


Plazo de calificación

  • 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título).
 "Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".