Diferencia entre revisiones de «Copia informativa de partida registral o libro diario del registro de personas naturales»

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La solicitud se realiza ante la Ventanilla de Caja, Ventanilla de Publicidad u Oficina de Trámite Documentario de la respectiva Oficina Registral.  
Servicio que consiste en la reproducción total o parcial de las partidas registrales o libro de diario de las partidas electrónicas en el registro de personas naturales.


==Requisitos==
==Requisitos==


*Formato de solicitud de publicidad debidamente llenado y suscrito.  
* Cuando se trata del registro de mandatos y poderes la solicitud es verbal
* Formato de solicitud de publicidad debidamente llenado y suscrito para el registro de persona natural que contenga información protegida por el derecho a la intimidad.
* Pago de derechos registrales.


*Pago de derechos registrales.


==Plazo para resolver==
==Procedimiento y Plazo para resolver==


El plazo para resolver es de un (01) día hábil.
El procedimiento en el registro de sucesiones intestadas y mandatos y poderes es de atención inmediata.
 
En cuanto al registro personal, testamentos se puede dar en 01 día hábil. Se debe tener en cuenta la persona legitimada para solicitarlo; para testamento, debe estar inscrito la ampliación del mismo. Si el testador estuviese en vida, puede solicitarlo con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la Sunarp. También puede ser solicitado por un tercero si acredita el deceso del testador con copia de la partida de defunción.


==Tasa==
==Tasa==


La tasa es del 0.12% de la U.I.T por cada una.
La tasa es del 0.12% de la U.I.T. El cobro se realiza de 6 soles por hoja, tanto para tomo, ficha o partida electrónica.


==Base Legal==
==Base Legal==


*Artículo 15 inciso c), y 42 del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral aprobado por Resolución N° 281-2015-SUNARP-SN (03/11/2015).
* Artículo 15 inciso c), y 42 del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral aprobado por Resolución N° 281-2015-SUNARP-SN (03/11/2015).
* Artículos 46, 76 del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral.