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Línea 1: | Línea 1: | ||
La solicitud se realiza ante la Ventanilla de Caja, Ventanilla de | La solicitud se realiza ante la Ventanilla de Caja, Ventanilla de Mesa de Partes de Minería. | ||
==Requisitos== | ==Requisitos== | ||
* | * Para la copia informativa de partida registral solo es necesario cotar con el número de ésta y solicitarla en caja. En el caso de copia informativa de título archivado del registro de minería, se solicita con solicitud de publicidad registral debidamente llenado y suscrito. | ||
* Pago de derechos registrales. | |||
==Plazo para resolver== | ==Plazo para resolver== | ||
El plazo para resolver es de un (01) día hábil. | El plazo para resolver es de un (01) día hábil para título archivado. Para la copia informativa de partida registral, el mismo día que se solicita. | ||
==Tasa== | ==Tasa== | ||
La tasa es del 0.10% de la U.I.T por cada página. | La tasa es del 0.10% de la U.I.T por cada página, 6 soles por página. | ||
==Base Legal== | ==Base Legal== | ||
*Artículo 15 inciso c) del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral aprobado por Resolución N° 281-2015-SUNARP-SN (03/11/2015). | * Artículo 15 inciso c) del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral aprobado por Resolución N° 281-2015-SUNARP-SN (03/11/2015). | ||
* Resolución N° 320-2010-SUNARP/SN (13/10/2010). | |||
*Resolución | * III Disposición Transitoria del Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros aprobado por Resolución N° 052-2004-SUNARP/SN (09/02/2004). | ||
* Directiva N° 006-2000/SN, Resolución N° 179-2000-SUNARP/SN. | |||
*III Disposición Transitoria del Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros aprobado por Resolución N° 052-2004-SUNARP/SN (09/02/2004). |