Diferencia entre revisiones de «Designación judicial de apoyos y salvaguardias»

(Página creada con «Procede la demanda de designación judicial de apoyos y salvaguardias cuando el titular es una persona con discapacidad que no puede manifestar su voluntad o cuenta con cap…»)
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== Requisitos para la inscripción ==
== Requisitos para la inscripción ==
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.


b)Parte judicial que contenga la designación judicial de apoyos y salvaguardioas.
b) Parte judicial que contenga la designación judicial de apoyos y salvaguardioas. Las copias deben estar certificadas por el Secretario de Juzgado y las resoluciones deben estar suscritas por el juez y el auxiliar Jurisdiccional respectivo.
 
Las copias deben estar certificadas por el Secretario de Juzgado y las resoluciones deben estar suscritas por el juez y el auxiliar Jurisdiccional respectivo.
 
d)Pago de derechos registrales.


d) Pago de los derechos registrales.


== ¿Qué deberá tener como mínimo la demanda de designación judicial de apoyos y salvaguardias? ==
== ¿Qué deberá tener como mínimo la demanda de designación judicial de apoyos y salvaguardias? ==
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La demanda de designación judicial de apoyos y salvaguardias debe contemplar como mínimo:
La demanda de designación judicial de apoyos y salvaguardias debe contemplar como mínimo:


a) Nombre y Documento de Identidad de la persona para quien se solicita la designación de apoyo.
a) Nombre y documento de Identidad de la persona para quien se solicita la designación de apoyo.


b) Las razones que motivan la demanda.
b) Las razones que motivan la demanda.
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h) Las medidas de salvaguardias.
h) Las medidas de salvaguardias.


== Jurisprudencia Registral ==
== Jurisprudencia Registral ==
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== Base legal==
== Base legal==


* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias
* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias.


* Artículos 45-B, 659-A, 659-B, 659-C, 659-D, 659-E, 659-F, 659-G, 659-H, 1976-A, 2010, 2011, 2030, 2031, 2032 y 2033 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984).
* Artículos 45-B, 659-A, 659-B, 659-C, 659-D, 659-E, 659-F, 659-G, 659-H, 1976-A, 2010, 2011, 2030, 2031, 2032 y 2033 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984).
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== Tasas registrales ==
== Tasa registral ==


* Derecho de presentación: S/ 10.00
* Derecho de presentación: S/ 10.00
Línea 70: Línea 66:
* Derecho de inscripción: S/ 10.00
* Derecho de inscripción: S/ 10.00


Total: S/ 20.00
* Total: S/ 20.00 soles
 


== Plazo de calificación ==
== Plazo de calificación ==


* 7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados)
* 7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados).


   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".'''''
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
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ediciones