Diferencia entre revisiones de «Disolución y liquidación de sociedades del Registro de Hidrocarburos»

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Una persona jurídica ( Empresa Petrolera) solicita publicidad sobre su disolución y liquidación (nombramiento de liquidador). Actos: 1) Disolución y liquidación de sociedades del Registro de Hidrocarburos 2) Nombramiento de liquidador.
Una persona jurídica ( Empresa Petrolera) solicita publicidad sobre su disolución y liquidación (nombramiento de liquidador).  
 
Actos:  
 
1) Disolución y liquidación de sociedades del Registro de Hidrocarburos  
 
2) Nombramiento de liquidador.


==Requisitos==
==Requisitos==
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito 2.- Parte Notarial de la Escritura pública que contenga el acuerdo de disolución y liquidación. 3.- Original o copia certificada por notario de las publicaciones en los diarios del aviso de convocatoria en caso de SAA y en aquellas que la ley o el estatuo establezca la convocatoria por publicación; o la constancia de convocatoria en caso de las SAC, SRL y otras en la forma prevista por el artículo 76 del Reglamento del Registro de Sociedades, salvo que el acuerdo se haya adoptado en Junta Universal. 4.- Avisos de publicación del acuerdo de disolución, por tres veces consecutivas, realizados de conformidad con lo dispuesto en el art. 43 de la Ley General de Sociedades. Notas: 1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito  
 
2.- Parte Notarial de la Escritura pública que contenga el acuerdo de disolución y liquidación.  
 
3.- Original o copia certificada por notario de las publicaciones en los diarios del aviso de convocatoria en caso de SAA y en aquellas que la ley o el estatuo establezca la convocatoria por publicación; o la constancia de convocatoria en caso de las SAC, SRL y otras en la forma prevista por el artículo 76 del Reglamento del Registro de Sociedades, salvo que el acuerdo se haya adoptado en Junta Universal.  
 
4.- Avisos de publicación del acuerdo de disolución, por tres veces consecutivas, realizados de conformidad con lo dispuesto en el art. 43 de la Ley General de Sociedades.  
 
Notas:  
 
1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.


==Base legal==
==Base legal==
VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 201, 215, 407 y 413 Ley General de Sociedades Ley 26887 09/12/1997 5, 11 y 13 Literal a) Reglamento del Registro de Contratistas y Contratos Petroleros Decreto Supremo 015-72-EM-DGH 05/02/1972 10( modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994
 
* VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020  
* 201, 215, 407 y 413 Ley General de Sociedades Ley 26887 09/12/1997  
* 5, 11 y 13 Literal a) Reglamento del Registro de Contratistas y Contratos Petroleros Decreto Supremo 015-72-EM-DGH 05/02/1972  
* 10( modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994


==Pago por derecho de tramitación==
==Pago por derecho de tramitación==

Revisión actual - 13:11 19 may 2021

Una persona jurídica ( Empresa Petrolera) solicita publicidad sobre su disolución y liquidación (nombramiento de liquidador).

Actos:

1) Disolución y liquidación de sociedades del Registro de Hidrocarburos

2) Nombramiento de liquidador.

Requisitos

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito

2.- Parte Notarial de la Escritura pública que contenga el acuerdo de disolución y liquidación.

3.- Original o copia certificada por notario de las publicaciones en los diarios del aviso de convocatoria en caso de SAA y en aquellas que la ley o el estatuo establezca la convocatoria por publicación; o la constancia de convocatoria en caso de las SAC, SRL y otras en la forma prevista por el artículo 76 del Reglamento del Registro de Sociedades, salvo que el acuerdo se haya adoptado en Junta Universal.

4.- Avisos de publicación del acuerdo de disolución, por tres veces consecutivas, realizados de conformidad con lo dispuesto en el art. 43 de la Ley General de Sociedades.

Notas:

1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.

Base legal

  • VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020
  • 201, 215, 407 y 413 Ley General de Sociedades Ley 26887 09/12/1997
  • 5, 11 y 13 Literal a) Reglamento del Registro de Contratistas y Contratos Petroleros Decreto Supremo 015-72-EM-DGH 05/02/1972
  • 10( modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994

Pago por derecho de tramitación

Monto - S/ 81.00

Plazo de atención

7 días hábiles