Disolución y liquidación de sociedades del Registro de Hidrocarburos

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Una persona jurídica ( Empresa Petrolera) solicita publicidad sobre su disolución y liquidación (nombramiento de liquidador). Actos: 1) Disolución y liquidación de sociedades del Registro de Hidrocarburos 2) Nombramiento de liquidador.

Requisitos

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito 2.- Parte Notarial de la Escritura pública que contenga el acuerdo de disolución y liquidación. 3.- Original o copia certificada por notario de las publicaciones en los diarios del aviso de convocatoria en caso de SAA y en aquellas que la ley o el estatuo establezca la convocatoria por publicación; o la constancia de convocatoria en caso de las SAC, SRL y otras en la forma prevista por el artículo 76 del Reglamento del Registro de Sociedades, salvo que el acuerdo se haya adoptado en Junta Universal. 4.- Avisos de publicación del acuerdo de disolución, por tres veces consecutivas, realizados de conformidad con lo dispuesto en el art. 43 de la Ley General de Sociedades. Notas: 1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.

Base legal

VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 201, 215, 407 y 413 Ley General de Sociedades Ley 26887 09/12/1997 5, 11 y 13 Literal a) Reglamento del Registro de Contratistas y Contratos Petroleros Decreto Supremo 015-72-EM-DGH 05/02/1972 10( modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994

Pago por derecho de tramitación

Monto - S/ 81.00

Plazo de atención

7 días hábiles