Disolución y liquidación de sociedades del Registro de Hidrocarburos
Una persona jurídica ( Empresa Petrolera) solicita publicidad sobre su disolución y liquidación (nombramiento de liquidador).
Actos:
1) Disolución y liquidación de sociedades del Registro de Hidrocarburos
2) Nombramiento de liquidador.
Requisitos
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito
2.- Parte Notarial de la Escritura pública que contenga el acuerdo de disolución y liquidación.
3.- Original o copia certificada por notario de las publicaciones en los diarios del aviso de convocatoria en caso de SAA y en aquellas que la ley o el estatuo establezca la convocatoria por publicación; o la constancia de convocatoria en caso de las SAC, SRL y otras en la forma prevista por el artículo 76 del Reglamento del Registro de Sociedades, salvo que el acuerdo se haya adoptado en Junta Universal.
4.- Avisos de publicación del acuerdo de disolución, por tres veces consecutivas, realizados de conformidad con lo dispuesto en el art. 43 de la Ley General de Sociedades.
Notas:
1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.
Base legal
- VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020
- 201, 215, 407 y 413 Ley General de Sociedades Ley 26887 09/12/1997
- 5, 11 y 13 Literal a) Reglamento del Registro de Contratistas y Contratos Petroleros Decreto Supremo 015-72-EM-DGH 05/02/1972
- 10( modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994
Pago por derecho de tramitación
Monto - S/ 81.00
Plazo de atención
7 días hábiles