Duplicado de orden de giro
Consiste en la expedición y certificación de un nuevo documento donde conste el nombre del titular registral, el número de placa de rodaje y algunas características registrables del vehículo; con la finalidad de tramitar la Placa Única Nacional de Rodaje ante la entidad concesionaria.
Requisitos
- Formulario aprobado por la Sunarp con la indicación del número de placa de rodaje de vehículo; nombre, tipo y número del documento oficial de identidad del solicitante.
- Escrito solicitando el duplicado de la orden de giro con la firma del propietario certificada por notario o fedatario.
- Pago de derecho registral.
Procedimiento
- El procedimiento se inicia con la presentación del formulario a través de la ventanilla de Caja-Publicidad. El cajero debe utilizar el sistema de verificación por comparación biométrica del Reniec para acreditar la identidad del presentante de la solicitud del Duplicado de Orden de Giro.
- El Duplicado de Orden de Giro es requerido por el titular registral.
- En caso el formulario sea presentado por un tercero, se debe adjuntar la carta poder con firma certificada del titular registral por notario o fedatario
Prohibición de expedición del duplicado de orden de giro
No se expedirán duplicados de orden de giro cuando exista una anotación de robo del vehículo, anotación de retiro temporal o el retiro definitivo o títulos pendientes incompatibles.
Plazo para resolver
El plazo para resolver es de tres (03) días hábiles.
Pago por derecho de tramitación
Monto - S/ 12
Tasa
La tasa es del 0.24% de la U.I.T.
Base Legal
- NUMERALES 6.10, 6.10.1, 6.10.2 Y 6.10.3 DIRECTIVA QUE REGULA LA ATENCIÓN Y EXPEDICIÓN DE INFORMACIÓN REGISTRAL QUE NO FORMA PARTE DEL ARCHIVO REGISTRAL APROBADO POR RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 038-2016- SUNARP/SN (24/02/2016).
- ARTÍCULO 129,130 DEL REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES DEL REGISTRO DE PROPIEDAD VEHICULAR APROBADA MEDIANTE RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 039-2013-SUNARP/SN DEL 15 DE FEBRERO DE 2013.
- RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 367-2022-SUNARP/GG (29/12/2022) QUE ACTUALIZA EL MONTO DE LOS DERECHOS REGISTRALES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS PARA EL AÑO 2023.