Diferencia entre revisiones de «Inscripción de nulidad, anulabilidad y demás mandatos judiciales relativos a disposiciones testamentarias»
Inscripción de nulidad, anulabilidad y demás mandatos judiciales relativos a disposiciones testamentarias (ver código)
Revisión del 21:18 27 mar 2020
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==Requisitos para la inscripción== | ==Requisitos para la inscripción== | ||
a)Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. | a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. | ||
b)Parte Judicial que debe contener el oficio del juez y copias certificadas de la resolución que declara la nulidad, falsedad o caducidad del testamento, de la que declara consentida o ejecutoriada la misma. Las copias deben estar certificadas por el secretario de Juzgado y las resoluciones suscritas por el Juez y el auxiliar jurisdiccional respectivo. | b) Parte Judicial que debe contener el oficio del juez y copias certificadas de la resolución que declara la nulidad, falsedad o caducidad del testamento, de la que declara consentida o ejecutoriada la misma. Las copias deben estar certificadas por el secretario de Juzgado y las resoluciones suscritas por el Juez y el auxiliar jurisdiccional respectivo. | ||
c)La nulidad, anulabilidad o caducidad de los testamentos requieren la previa inscripción de los mismos. | c) La nulidad, anulabilidad o caducidad de los testamentos requieren la previa inscripción de los mismos. | ||
d)Pago de derechos registrales. | d) Pago de los derechos registrales. | ||
== ¿Qué deberá tenerse en cuenta para la inscripción? == | == ¿Qué deberá tenerse en cuenta para la inscripción? == | ||
Línea 17: | Línea 17: | ||
== Base legal== | == Base legal== | ||
* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos | * Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias. | ||
* Artículos 219, 221, 808 al 814, 2010, 2011, 2015, 2039 y 2040 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984). | * Artículos 219, 221, 808 al 814, 2010, 2011, 2015, 2039 y 2040 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984). | ||
Línea 49: | Línea 49: | ||
* Derecho de inscripción: S/ 10.00 | * Derecho de inscripción: S/ 10.00 | ||
* Total: S/ 20.00 soles | |||
==Plazo de Calificación== | ==Plazo de Calificación== |