Diferencia entre revisiones de «Exhibición del libro diario»

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==Requisitos==
==Requisitos==


*Formato  de solicitud de publicidad debidamente llenado y suscrito.
*Formato  de solicitud de publicidad debidamente llenado y suscrito, indicando el número, año y registro jurídico del título en trámite.


*Pago de derechos registrales.
*Pago de derechos registrales.
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==Plazo para resolver==
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El plazo para resolver es de tres (03) días hábiles.
El plazo para resolver es de un día (01) día hábil.


==Tasa==
==Tasa==
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*Artículo 15 inciso a) del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral aprobado por Resolución N° 281-2015-SUNARP-SN (03/11/2015).
*Artículo 15 inciso a) del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral aprobado por Resolución N° 281-2015-SUNARP-SN (03/11/2015).
*Decreto Supremo N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de  inscripción y de publicidad por oficina registral.

Revisión actual - 15:22 8 ago 2023

La solicitud se realiza ante la Ventanilla de Caja, Ventanilla de Publicidad u Oficina de Trámite Documentario de la respectiva Oficina Registral.

Requisitos

  • Formato de solicitud de publicidad debidamente llenado y suscrito, indicando el número, año y registro jurídico del título en trámite.
  • Pago de derechos registrales.

Plazo para resolver

El plazo para resolver es de un día (01) día hábil.

Tasa

La tasa es del 0.12% de la U.I.T; salvo en el Registro de Predios y en el Registro Mobiliario de Contratos, en los que es 0.13% U.I.T por página.

Base Legal

  • Artículo 15 inciso a) del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral aprobado por Resolución N° 281-2015-SUNARP-SN (03/11/2015).