Diferencia entre revisiones de «Hipoteca de concesiones»

De wikiregistral
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor
 
(No se muestran 3 ediciones intermedias del mismo usuario)
Línea 1: Línea 1:
La Hipoteca de concesiones puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
La hipoteca de concesiones puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==
a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.  
a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.  


b) Parte notarial de la escritura pública de la constitución de Hipoteca. 3.- En el caso de la concesiones para la explotación de servicios públicos se adjuntará además: copia certificada de la autorización para la constitución de la hipoteca, en los casos que corresponda, otorgada por el sector u organismo correspondiente salvo que se encuentre inserta en la escritura pública de constitución de la hipoteca.
b) Parte notarial de la escritura pública de la constitución de Hipoteca. En el caso de la concesiones para la explotación de servicios públicos se adjuntará además: copia certificada de la autorización para la constitución de la hipoteca, en los casos que corresponda, otorgada por el sector u organismo correspondiente salvo que se encuentre inserta en la escritura pública de constitución de la hipoteca.


c) Pago de Derechos Registrales
c) Pago de Derechos Registrales.
 
d) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.  
<br />
==Base legal==
==Base legal==


*Artículos 24 y 25 del la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192 (23/08/2015)
*Artículos VII, A y 35 de la Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados aprobada por la Resolución de Superintendencia 107-2020- SUNARP/SN (14/08/2020).
*Artículo 113 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios de la SUNARP aprobado por Resolución 097-2013-SUNARP/SN (04-05-2013)
*Artículos 1097° y 1101° del Código Civil aprobado por el Decreto Legislativo 295 (28/07/1984).
*Artículos 1, 2, 3 y 10 de la Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional aprobada por la Ley 26366 (14/10/1994), y modificada por el Decreto Legislativo 1451. <br />
*Artículo 23° de la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales aprobada por la Ley 26821 (26/06/1997).
*Artículo 26 del Decreto Legislativo que regula la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos aprobada por la Decreto Legislativo 1362 (23/07/2018).
*Artículos 51° y 134° de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre aprobada por la Ley 29763 (22/07/2011).
*Artículo 42 de la Ley General de Agricultura aprobada por la Decreto Legislativo 1195 (30/08/2015).
*Artículo 116° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por la Resolución de Superintendencia 097-2013-SUNARPSN (04/05/2013).
*Artículo 6.1.4 de la Directiva N° 06-2016-SUNARP/SA, Directiva que Establece Los Procedimientos y Requisitos Exigibles para la Inscripción de las Concesiones y Autorizaciones de Acuicultura, así como Los Derechos Derivados de Ellas aprobado por la Resolución de Superintendencia 238-2016-SUNARPSN (03/09/2016).
*Artículos 15 y 28 inc. b del Texto Único Ordenado del Reglamento General de Registros Públicos aprobado por la Resolución de Superintendencia 126-2012-SUNARPSN (21/05/2012).
*Artículos 2, 3 inc. b y 10 de la Ley de Creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos aprobado por la Ley 26366 (14/10/1994), y modificado por Decreto Legislativo 1451).


==Precedentes de observancia obligatoria==
==Precedentes de observancia obligatoria==
Línea 19: Línea 23:
==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==
===Resoluciones del Tribunal Registral===
===Resoluciones del Tribunal Registral===
====Sumilla de la Resolución 1498-2009-SUNARP-TR-L sobre transferencia por expropiación====
No se han encontrado resoluciones relevantes sobre este acto.
''La falta de coincidencia entre los titulares registrales y la parte demandada, y la inexistencia de pronunciamiento judicial al respecto, impide la inscripción de un mandato judicial de transferencia por expropiación dictado en un proceso en el que no han sido demandados todos los copropietarios de uno de los predios y la propietaria del otro predio, salvo que el juez reitere el mandato de inscripción mediante la resolución respectiva, en cuyo caso, de conformidad con el tercer precedente aprobado en el quinto pleno del Tribunal Registral, en concordancia con el artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se entiende que dicha circunstancia ha sido incorporada al fondo del proceso.''
<br />
==Tasas registrales==
==Tasas registrales==


*
'''Tasa aplicable respecto al monto de la hipoteca hasta S/ 35 000.00 soles'''
*Plazo de calificación: 7 días hábiles
 
* Derecho de Calificación: S/ 36.00
* Derecho de inscripción: Monto de la hipoteca X 0.75/1000
 
'''Tasa aplicable respecto al monto de la hipoteca mayor a S/ 35 000.00'''
 
* Derecho de Calificación: S/ 36.00
* Derecho de inscripción: Monto de la hipoteca X 1.5/1000
 
==Plazo de calificación==
 
*7 días hábiles (Sujeto a complejidad del título).<br />


<br />
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''

Revisión actual - 16:30 26 jun 2021

La hipoteca de concesiones puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.

Requisitos para la inscripción

a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

b) Parte notarial de la escritura pública de la constitución de Hipoteca. En el caso de la concesiones para la explotación de servicios públicos se adjuntará además: copia certificada de la autorización para la constitución de la hipoteca, en los casos que corresponda, otorgada por el sector u organismo correspondiente salvo que se encuentre inserta en la escritura pública de constitución de la hipoteca.

c) Pago de Derechos Registrales.

Base legal

  • Artículos VII, A y 35 de la Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados aprobada por la Resolución de Superintendencia 107-2020- SUNARP/SN (14/08/2020).
  • Artículos 1097° y 1101° del Código Civil aprobado por el Decreto Legislativo 295 (28/07/1984).
  • Artículo 23° de la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales aprobada por la Ley 26821 (26/06/1997).
  • Artículo 26 del Decreto Legislativo que regula la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos aprobada por la Decreto Legislativo 1362 (23/07/2018).
  • Artículos 51° y 134° de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre aprobada por la Ley 29763 (22/07/2011).
  • Artículo 42 de la Ley General de Agricultura aprobada por la Decreto Legislativo 1195 (30/08/2015).
  • Artículo 116° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por la Resolución de Superintendencia 097-2013-SUNARPSN (04/05/2013).
  • Artículo 6.1.4 de la Directiva N° 06-2016-SUNARP/SA, Directiva que Establece Los Procedimientos y Requisitos Exigibles para la Inscripción de las Concesiones y Autorizaciones de Acuicultura, así como Los Derechos Derivados de Ellas aprobado por la Resolución de Superintendencia 238-2016-SUNARPSN (03/09/2016).
  • Artículos 15 y 28 inc. b del Texto Único Ordenado del Reglamento General de Registros Públicos aprobado por la Resolución de Superintendencia 126-2012-SUNARPSN (21/05/2012).
  • Artículos 2, 3 inc. b y 10 de la Ley de Creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos aprobado por la Ley 26366 (14/10/1994), y modificado por Decreto Legislativo 1451).

Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

No se han encontrado resoluciones relevantes sobre este acto.

Tasas registrales

Tasa aplicable respecto al monto de la hipoteca hasta S/ 35 000.00 soles

  • Derecho de Calificación: S/ 36.00
  • Derecho de inscripción: Monto de la hipoteca X 0.75/1000

Tasa aplicable respecto al monto de la hipoteca mayor a S/ 35 000.00

  • Derecho de Calificación: S/ 36.00
  • Derecho de inscripción: Monto de la hipoteca X 1.5/1000

Plazo de calificación

  • 7 días hábiles (Sujeto a complejidad del título).
 "Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".