Diferencia entre revisiones de «Hipoteca de concesiones»
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La | La hipoteca de concesiones puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble. | ||
==Requisitos para la inscripción== | ==Requisitos para la inscripción== | ||
a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | ||
b) Parte notarial de la escritura pública de la constitución de Hipoteca. | b) Parte notarial de la escritura pública de la constitución de Hipoteca. En el caso de la concesiones para la explotación de servicios públicos se adjuntará además: copia certificada de la autorización para la constitución de la hipoteca, en los casos que corresponda, otorgada por el sector u organismo correspondiente salvo que se encuentre inserta en la escritura pública de constitución de la hipoteca. | ||
c) Pago de Derechos Registrales | c) Pago de Derechos Registrales. | ||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
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*Artículo 6.1.4 de la Directiva N° 06-2016-SUNARP/SA, Directiva que Establece Los Procedimientos y Requisitos Exigibles para la Inscripción de las Concesiones y Autorizaciones de Acuicultura, así como Los Derechos Derivados de Ellas aprobado por la Resolución de Superintendencia 238-2016-SUNARPSN (03/09/2016). | *Artículo 6.1.4 de la Directiva N° 06-2016-SUNARP/SA, Directiva que Establece Los Procedimientos y Requisitos Exigibles para la Inscripción de las Concesiones y Autorizaciones de Acuicultura, así como Los Derechos Derivados de Ellas aprobado por la Resolución de Superintendencia 238-2016-SUNARPSN (03/09/2016). | ||
*Artículos 15 y 28 inc. b del Texto Único Ordenado del Reglamento General de Registros Públicos aprobado por la Resolución de Superintendencia 126-2012-SUNARPSN (21/05/2012). | *Artículos 15 y 28 inc. b del Texto Único Ordenado del Reglamento General de Registros Públicos aprobado por la Resolución de Superintendencia 126-2012-SUNARPSN (21/05/2012). | ||
*Artículos 2, 3 inc. b y 10 de la Ley de Creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos aprobado por la Ley 26366 (14/10/1994), y modificado por Decreto Legislativo 1451). | *Artículos 2, 3 inc. b y 10 de la Ley de Creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos aprobado por la Ley 26366 (14/10/1994), y modificado por Decreto Legislativo 1451). | ||
==Precedentes de observancia obligatoria== | ==Precedentes de observancia obligatoria== | ||
Línea 26: | Línea 23: | ||
==Jurisprudencia Registral== | ==Jurisprudencia Registral== | ||
===Resoluciones del Tribunal Registral=== | ===Resoluciones del Tribunal Registral=== | ||
No se han encontrado resoluciones relevantes sobre este acto. | No se han encontrado resoluciones relevantes sobre este acto. | ||
==Tasas registrales== | ==Tasas registrales== | ||
* | '''Tasa aplicable respecto al monto de la hipoteca hasta S/ 35 000.00 soles''' | ||
*Plazo de calificación | |||
* Derecho de Calificación: S/ 36.00 | |||
* Derecho de inscripción: Monto de la hipoteca X 0.75/1000 | |||
'''Tasa aplicable respecto al monto de la hipoteca mayor a S/ 35 000.00''' | |||
* Derecho de Calificación: S/ 36.00 | |||
* Derecho de inscripción: Monto de la hipoteca X 1.5/1000 | |||
==Plazo de calificación== | |||
*7 días hábiles (Sujeto a complejidad del título).<br /> | |||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''' | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''' |