Inmatriculación de vehículo importado nuevo (ver código)
Revisión del 04:56 14 feb 2023
, 14 feb 2023sin resumen de edición
Sin resumen de edición Etiqueta: visualeditor |
mSin resumen de edición Etiqueta: visualeditor |
||
(No se muestra una edición intermedia del mismo usuario) | |||
Línea 6: | Línea 6: | ||
b) Formato de Inmatriculación Electrónico impreso y suscrito por el propietario o su representante, con firma certificada notarialmente. | b) Formato de Inmatriculación Electrónico impreso y suscrito por el propietario o su representante, con firma certificada notarialmente. | ||
c) Comprobante de pago o parte notarial del acta de transferencia según corresponda, salvo cuando la empresa distribuidora o comercializadora de vehículos sea concesionaria acreditada del importador empadronado. | c) Comprobante de pago o parte notarial del acta de transferencia según corresponda, salvo cuando la empresa distribuidora o comercializadora de vehículos sea concesionaria acreditada del importador empadronado. | ||
Línea 41: | Línea 39: | ||
'''Inmatriculación de vehículo importado nuevo adquirido de una empresa comercializadora''' | '''Inmatriculación de vehículo importado nuevo adquirido de una empresa comercializadora''' | ||
*En caso que contar con un comprobante de pago electrónico (factura electrónica), deberá verificar los lineamiento de presentación de comprobantes electrónicos, estipulados en la Resolución N° | *En caso que contar con un comprobante de pago electrónico (factura electrónica), deberá verificar los lineamiento de presentación de comprobantes electrónicos, estipulados en la Resolución N° 062-2022-SUNARP/DTR. | ||
*Una vez inscrita la inmatriculación del vehículo, | *Una vez inscrita la inmatriculación del vehículo, podrá descargar la Tarjeta de Identificación Vehicular Electrónica (TIVE) y una orden de giro, desde el Síguelo, con la que podrá gestionar la fabricación de sus placas, en Lima está a cargo de la Asociación Automotriz del Perú y en provincias la Cámara de Comercio. | ||
==Precedentes de observancia obligatoria== | ==Precedentes de observancia obligatoria== | ||
Línea 61: | Línea 59: | ||
==Tasa registral== | ==Tasa registral== | ||
* | *S/. 89.00 soles | ||
==Plazo de calificación== | ==Plazo de calificación== | ||
Línea 72: | Línea 69: | ||
==Referencias== | ==Referencias== | ||
<references group="Artículo 25" /> | |||
<references /> | <references /> |