Inmatriculación de vehículo importado nuevo (ver código)
Revisión del 22:11 22 ene 2020
, 22 ene 2020→Jurisprudencia Registral
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Línea 103: | Línea 103: | ||
''Conforme al artículo 29 y 37 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, el titular del vehículo importado es el importador declarado en la DUA o DAM o el último adquiriente, siempre que se acredite documentariamente mediante factura o acta de transferencia que el vehículo ha sido transferido.'' | ''Conforme al artículo 29 y 37 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, el titular del vehículo importado es el importador declarado en la DUA o DAM o el último adquiriente, siempre que se acredite documentariamente mediante factura o acta de transferencia que el vehículo ha sido transferido.'' | ||
== Tasa registral == | == Tasa registral == |