Diferencia entre revisiones de «Inmatriculación de vehículo nuevo»

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* En caso que contar con un comprobante de pago electrónico (factura electrónica), deberá verificar los lineamiento de presentación de comprobantes electrónicos, estipulados en la Resolución N° 085-2014-SUNARP/DTR.
* En caso que contar con un comprobante de pago electrónico (factura electrónica), deberá verificar los lineamiento de presentación de comprobantes electrónicos, estipulados en la Resolución N° 085-2014-SUNARP/DTR.
* Si la presentación no la realiza el titular registral, se deberá adjuntar una carta poder con firma certificada del titular ante notario a favor de la persona que llevará la documentación.
* La presentación lo podrá realizar el gestor acreditado en el Módulo Nacional de Empresas - Plataforma de Servicios Institucionales (módulo de acreditación de Concesionarios Autorizados y Gestores), el titular registral y en caso que la presentación no la realiza el titular, se deberá adjuntar una carta poder con firma certificada del titular ante notario a favor de la persona que llevará la documentación.
* Una vez inscrita la inmatriculación del vehículo, se le entregará una tarjeta de identificación vehicular y una orden de giro con la que podrá gestionar la fabricación de sus placas, en Lima está a cargo de la Asociación Automotriz del Perú y en provincias la Cámara de Comercio.
* Una vez inscrita la inmatriculación del vehículo, se le entregará una tarjeta de identificación vehicular y una orden de giro con la que podrá gestionar la fabricación de sus placas, en Lima está a cargo de la Asociación Automotriz del Perú y en provincias la Cámara de Comercio.


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