Diferencia entre revisiones de «Inmatriculación de vehículos de ensamblaje nacional adquiridos por promoción comercial o similar»
Inmatriculación de vehículos de ensamblaje nacional adquiridos por promoción comercial o similar (ver código)
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DESCRIPCION | '''DESCRIPCION''' | ||
Una o más personas naturales o jurídicas dotan de legalidad y publicidad registral, a la primera inscripción de un bien mueble. En este caso en | Una o más personas naturales o jurídicas dotan de legalidad y publicidad registral, a la primera inscripción de un bien mueble. En este caso en | ||
particular, de vehículos de ensamblaje nacional cuyas características pueden haber sido modificadas y que han sido adquiridas por promoción | particular, de vehículos de ensamblaje nacional cuyas características pueden haber sido modificadas y que han sido adquiridas por promoción | ||
comercial ,juegos de azar u otras modalidades similares. | comercial ,juegos de azar u otras modalidades similares. | ||
REQUISITOS | |||
'''REQUISITOS''' | |||
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | ||
2.- Formato de Inmatriculación Electrónico impreso y suscrito por el propietario o su representante, con firma certificada notarialmente. | 2.- Formato de Inmatriculación Electrónico impreso y suscrito por el propietario o su representante, con firma certificada notarialmente. | ||
Cuando el vehículo esté destinado a la prestación del servicio de transporte de personas, debe acompañarse la declaración jurada según formato | Cuando el vehículo esté destinado a la prestación del servicio de transporte de personas, debe acompañarse la declaración jurada según formato | ||
previsto en la Resolución Directoral N° 4560-2011-MTC/15. | previsto en la Resolución Directoral N° 4560-2011-MTC/15. | ||
3.- Comprobante de pago o parte notarial del acta de transferencia según corresponda, salvo cuando la empresa distribuidora o comercializadora | 3.- Comprobante de pago o parte notarial del acta de transferencia según corresponda, salvo cuando la empresa distribuidora o comercializadora | ||
de vehículos sea concesionaria acreditada del importador empadronado. En caso de comprobante de pago, debe acompañar declaración jurada | de vehículos sea concesionaria acreditada del importador empadronado. En caso de comprobante de pago, debe acompañar declaración jurada | ||
con firma legalizada de las partes contratantes precisando el medio de pago utilizado y copia simple de este. | con firma legalizada de las partes contratantes precisando el medio de pago utilizado y copia simple de este. | ||
4.- Cuando se trate de adquisición del vehículo por promoción comercial u otras modalidades similares señaladas en el Decreto Supremo N° 010- | 4.- Cuando se trate de adquisición del vehículo por promoción comercial u otras modalidades similares señaladas en el Decreto Supremo N° 010- | ||
2016-IN se deberá adjuntar: a) acta notarial de realización del acto; b) acta notarial de entrega; y, en caso de rifas con fines sociales, copia | 2016-IN se deberá adjuntar: a) acta notarial de realización del acto; b) acta notarial de entrega; y, en caso de rifas con fines sociales, copia | ||
certificada de la Resolución Directoral del MININTER que autoriza el acto. | certificada de la Resolución Directoral del MININTER que autoriza el acto. | ||
5.- Cuando se trate de la adquisición del vehículo mediante juegos de azar como la lotería, el bingo, y otros, se presentará el instrumento público | 5.- Cuando se trate de la adquisición del vehículo mediante juegos de azar como la lotería, el bingo, y otros, se presentará el instrumento público | ||
que acredite adquisición. | que acredite adquisición. | ||
6.- El Certificado de Ensamblaje emitido por el ensamblador nacional que representa a la marca en el Perú. Debe contener las firmas certificadas | 6.- El Certificado de Ensamblaje emitido por el ensamblador nacional que representa a la marca en el Perú. Debe contener las firmas certificadas | ||
notarialmente del ingeniero mecánico colegiado o mecánico electricista colegiado, responsable del ensamblaje del vehículo terminado, y del | notarialmente del ingeniero mecánico colegiado o mecánico electricista colegiado, responsable del ensamblaje del vehículo terminado, y del | ||
representante legal de la empresa que ensambló el vehículo. | representante legal de la empresa que ensambló el vehículo. | ||
7.- La copia certificada notarialmente o la copia autenticada por fedatario de la Oficina Registral del certificado de habilidad del ingeniero expedida | 7.- La copia certificada notarialmente o la copia autenticada por fedatario de la Oficina Registral del certificado de habilidad del ingeniero expedida | ||
por el Colegio Profesional respectivo, vigente a la fecha cierta del Certificado de Ensamblaje, salvo que su verificación pueda ser obtenida a través | por el Colegio Profesional respectivo, vigente a la fecha cierta del Certificado de Ensamblaje, salvo que su verificación pueda ser obtenida a través | ||
del respectivo portal institucional. | del respectivo portal institucional. | ||
8.- En caso de ensamblaje de vehículos a partir de partes y piezas , tambiien se deberá adjuntar :El Certificado de Conformidad emitido por la | 8.- En caso de ensamblaje de vehículos a partir de partes y piezas , tambiien se deberá adjuntar :El Certificado de Conformidad emitido por la | ||
Entidad Certificadora autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. | Entidad Certificadora autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. | ||
9.- En caso de ensamblaje nacional a partir de un paquete Complete Knock Down (CKD) o Semi Knock Down (SKD) se debe presentar | 9.- En caso de ensamblaje nacional a partir de un paquete Complete Knock Down (CKD) o Semi Knock Down (SKD) se debe presentar | ||
adicionalmente: i.1) Copia certificada notarialmente del documento que acredite la asignación al fabricante del CKD o SKD de la Identificación | adicionalmente: | ||
i.1) Copia certificada notarialmente del documento que acredite la asignación al fabricante del CKD o SKD de la Identificación | |||
Mundial del Fabricante (WMI - World Manufacturer Identifier), otorgado por el organismo nacional del país donde corresponde el VIN de acuerdo a | Mundial del Fabricante (WMI - World Manufacturer Identifier), otorgado por el organismo nacional del país donde corresponde el VIN de acuerdo a | ||
lo establecido por la Sociedad de Ingenieros Automotrices, Society of Automotive Engineers (SAE). En caso de no coincidencia entre las | lo establecido por la Sociedad de Ingenieros Automotrices, Society of Automotive Engineers (SAE). En caso de no coincidencia entre las | ||
características registrables y la marca comercial o modelo del vehículo consignados en la copia certificada de la asignación de la identificación | características registrables y la marca comercial o modelo del vehículo consignados en la copia certificada de la asignación de la identificación | ||
mundial del fabricante (World Manufacturer Identifier - WMI), deberá adjuntarse la autorización del fabricante. i.2) La autorización de ensamblaje | mundial del fabricante (World Manufacturer Identifier - WMI), deberá adjuntarse la autorización del fabricante. | ||
i.2) La autorización de ensamblaje | |||
emitida por el fabricante de los componentes a favor del representante en el Perú. La acreditación de la autorización al representante en el Perú | emitida por el fabricante de los componentes a favor del representante en el Perú. La acreditación de la autorización al representante en el Perú | ||
será mediante la Certificación del Fabricante conforme al formato que aparece en el Anexo I del Reglamento de Inscripciones del Registro de | será mediante la Certificación del Fabricante conforme al formato que aparece en el Anexo I del Reglamento de Inscripciones del Registro de | ||
Propiedad Vehicular conteniendo la firma del fabricante o su representante legal certificada ante notario o autoridad extranjera competente, con la | Propiedad Vehicular conteniendo la firma del fabricante o su representante legal certificada ante notario o autoridad extranjera competente, con la | ||
cadena de certificaciones o apostilla respectiva y, de encontrarse en idioma extranjero, la traducción Oficial correspondiente. | cadena de certificaciones o apostilla respectiva y, de encontrarse en idioma extranjero, la traducción Oficial correspondiente. | ||
10.- Si es especial o el uso del mismo está relacionado con una actividad especial deberá presentar: j.1) Ficha Técnica de Importación de vehículos | |||
usados y especiales. j.2) Certificado de Inspección Técnica Vehicular de Incorporación. j.3) Autorización de Incorporación de Vehículos Especiales | 10.- Si es especial o el uso del mismo está relacionado con una actividad especial deberá presentar: | ||
j.1) Ficha Técnica de Importación de vehículos | |||
usados y especiales. | |||
j.2) Certificado de Inspección Técnica Vehicular de Incorporación. | |||
j.3) Autorización de Incorporación de Vehículos Especiales | |||
emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. | emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. | ||
BASE LEGAL | '''BASE LEGAL''' | ||
* VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 | |||
*VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 | |||
*7, 28, 29, 33, 37, 39, 42,99, 100, 144 y 151 Reglamento Nacional de Vehículos Decreto Supremo 058-2003-MTC 12/10/2003 | |||
*1 Disposiciones para la aplicación del sistema de codificación de la Placa Única Nacional de Rodaje Otros Resolución Directoral | |||
*4560-2011-MTC/15 11/12/2011 | |||
*7 numeral 7.2 TUO de la Ley 28194 Decreto Supremo 150-2007-EF 23/09/2007 | |||
*10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994 | |||
*5, 6,12, 13, 14, 16, 19,21, 22, 23, 24, 26, 28, 29, 30, 31, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 42, 43, 44, 45, 46, 47 y 125 Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular Resolución de Superintendencia 039-2013-SUNARP/SN 20/02/2013 | |||
*5.2 Directiva por la que se adoptan los criterios de interpretación que precisan las obligaciones establecidas por la Ley No 28194 y su Reglamento a los Registradores Públicos, al ejercer su función de calificación registral Resolución de | |||
*Superintendencia 184-2004- SUNARP/SN 06/05/2004. | |||
'''Precedentes de observancia obligatoria''' | |||
No se han aprobado precedentes sobre este acto | |||
'''Jurisprudencia Registral''' | |||
No jurisprudencia registral sobre este acto | |||
'''Tasa registral''' | |||
* | * Derecho de presentación: S/ 22.00 | ||
* | * Derecho de inscripción: S/ 56.00 | ||
'''Plazo de calificación''' | |||
7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados). | |||