Inmovilización temporal de partida de predios (ver código)
Revisión del 17:37 20 sep 2019
, 20 sep 2019→Inmovilización temporal
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Línea 27: | Línea 27: | ||
No se requiere autorización judicial para el ejercicio de la representación legal de los incapaces. | No se requiere autorización judicial para el ejercicio de la representación legal de los incapaces. | ||
En caso de sociedad conyugal con régimen de sociedad de gananciales, solo se requiere la intervención de uno de los cónyuges. | En caso de sociedad conyugal con régimen de sociedad de gananciales, solo se requiere la intervención de uno de los cónyuges. | ||
Asimismo, no se requiere que la escritura pública de inmovilización sea celebrada ante notario de la provincia de ubicación del | Asimismo, no se requiere que la escritura pública de inmovilización sea celebrada ante notario de la provincia de ubicación del predio. | ||
Pleno CXXXIII | Pleno CXXXIII | ||
==Jurisprudencia Registral== | ==Jurisprudencia Registral== | ||
=== Resoluciones del Tribunal Registral === | === Resoluciones del Tribunal Registral === |