Diferencia entre revisiones de «Inscripción de áreas de no admisión de petitorios mineros»
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a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito | a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | ||
b) | b) Copia del Decreto supremo que declara áreas de no admisión de petitorios mineros. | ||
c | c) Pago de Derechos Registrales. | ||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
*Artículos | *Artículos 14 y 23 de la Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los Recursos Naturales aprobado por la Ley 26826 (26/06/1997). | ||
*Artículo | *Artículo 25 del TUO Ley General de Minería aprobado por el Decreto Supremo 014-92-EM (03/06/1992). | ||
*Artículos 1, 2, 3 y 10 de la Ley | *Artículo 9 del Reglamento de Procedimientos Mineros Decreto Supremo 18-92-EM (16/04/2020), y modificado por el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 054-2008- EM. | ||
*Artículos 2008, 2009, 2013 y 2019 del Código Civil aprobado por el Decreto Legislativo 295(25/07/1984). | |||
*Artículos 1, 2, 3 y 10 de la Ley de creación de Sistema y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos aprobada por la Ley 26366 (16/10/1994), y modificado por el Decreto Legislativo N°1451. | |||
==Precedentes de observancia obligatoria== | ==Precedentes de observancia obligatoria== | ||
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto. | No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto. | ||
==Jurisprudencia Registral== | ==Jurisprudencia Registral== | ||
No se han encontrado resoluciones relevantes sobre este acto. | |||
==Tasas registrales== | ==Tasas registrales== | ||
* | * Derecho de Calificación: S/. 145.00 | ||
*Plazo de calificación | * Derecho de inscripción: S/. 440.00 | ||
==Plazo de calificación== | |||
*7 días hábiles (sujeto a complejidad del título) | |||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''' | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''' |
Revisión actual - 00:09 21 jun 2021
La Inscripción de áreas de no admisión de petitorios mineros puede ser solicitada ante el Registro de Propiedad Inmueble.
Requisitos para la inscripción
a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
b) Copia del Decreto supremo que declara áreas de no admisión de petitorios mineros.
c) Pago de Derechos Registrales.
Base legal
- Artículos 14 y 23 de la Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los Recursos Naturales aprobado por la Ley 26826 (26/06/1997).
- Artículo 25 del TUO Ley General de Minería aprobado por el Decreto Supremo 014-92-EM (03/06/1992).
- Artículo 9 del Reglamento de Procedimientos Mineros Decreto Supremo 18-92-EM (16/04/2020), y modificado por el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 054-2008- EM.
- Artículos 2008, 2009, 2013 y 2019 del Código Civil aprobado por el Decreto Legislativo 295(25/07/1984).
- Artículos 1, 2, 3 y 10 de la Ley de creación de Sistema y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos aprobada por la Ley 26366 (16/10/1994), y modificado por el Decreto Legislativo N°1451.
Precedentes de observancia obligatoria
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.
Jurisprudencia Registral
No se han encontrado resoluciones relevantes sobre este acto.
Tasas registrales
- Derecho de Calificación: S/. 145.00
- Derecho de inscripción: S/. 440.00
Plazo de calificación
- 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título)
"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".