Diferencia entre revisiones de «Inscripción de adecuaciones de rondas campesinas subordinadas y comunales reconocidas por la ley N° 27908»

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== Requisitos para la inscripción ==
== Requisitos para la inscripción ==


'''¿Qué documentos se requieren?'''
a) Formulario de solicitud de inscripción de título (de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.


Se requiere:
b) Copia certificada del Acta de Asamblea General de la Comunidad, en la que conste la aprobación del acuerdo de adecuación de la Ronda y la convocatoria a la Asamblea General de Ronderos y Ronderas.


1. Formulario de solicitud de inscripción de título (de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.
c) Copia certificada del Acta de la Asamblea General de Ronderos y Ronderas en la que conste la aprobación del Estatuto adecuado de la Ronda, cuyo texto íntegro formará parte del acta.


2. Copia certificada del Acta de Asamblea General de la Comunidad, en la que conste la aprobación del acuerdo de adecuación de la Ronda y la convocatoria a la Asamblea General de Ronderos y Ronderas.
d) Copia certificada del Padrón de Ronderos o Ronderas o en su defecto constancia de convocatoria y quórum.


3. Copia certificada del Acta de la Asamblea General de Ronderos y Ronderas en la que conste la aprobación del Estatuto adecuado de la Ronda, cuyo texto íntegro formará parte del acta.
==Tener en cuenta para la inscripción==


4. Copia certificada del Padrón de Ronderos o Ronderas o en su defecto constancia de convocatoria y quórum.
a) Considerar lo señalado en el DL 1232 respecto a la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos, el cual deberá ser efectuada por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.


Considerar lo señalado en el DL 1232 respecto a la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos, el cual deberá ser efectuada por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.
==Base legal==


'''Base legal'''
*Numeral 5.7 de la Directiva que establece los criterios registrales para la inscripción de las rondas campesinas y rondas comunales de la ''Resolución 108-2011-SUNARP/SA.''
 
Numeral 5.7 de la Directiva que establece los criterios registrales para la inscripción de las rondas campesinas y rondas comunales (Resolución 108-2011-SUNARP/SA).


== Precedentes de observancia obligatoria ==
== Precedentes de observancia obligatoria ==

Revisión del 16:28 3 oct 2019

La Adecuación de las rondas campesinas subordinadas y rondas comunales reconocidas por la ley N° 27908 puede inscribirse en el Registro de Persona Jurídica.

Requisitos para la inscripción

a) Formulario de solicitud de inscripción de título (de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.

b) Copia certificada del Acta de Asamblea General de la Comunidad, en la que conste la aprobación del acuerdo de adecuación de la Ronda y la convocatoria a la Asamblea General de Ronderos y Ronderas.

c) Copia certificada del Acta de la Asamblea General de Ronderos y Ronderas en la que conste la aprobación del Estatuto adecuado de la Ronda, cuyo texto íntegro formará parte del acta.

d) Copia certificada del Padrón de Ronderos o Ronderas o en su defecto constancia de convocatoria y quórum.

Tener en cuenta para la inscripción

a) Considerar lo señalado en el DL 1232 respecto a la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos, el cual deberá ser efectuada por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.

Base legal

  • Numeral 5.7 de la Directiva que establece los criterios registrales para la inscripción de las rondas campesinas y rondas comunales de la Resolución N° 108-2011-SUNARP/SA.

Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

No se han aprobado resoluciones sobre este acto.

Tasa registral

  • Por calificación: S/ 25.00
  • Por inscripción: S/. 10.00

Plazo de calificación:

7 días hábiles contados a partir del día siguiente de su presentación.

Documentación sujeto a calificación por parte del registrador.