Diferencia entre revisiones de «Inscripción de arrendamiento financiero»

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== Requisitos para la inscripción ==
== Requisitos para la inscripción ==


a) Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito,recabado en la oficina registral.
a) Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
 
b) Escritura pública que contenga el contrato de arrendamiento financiero, en el cual debe señalarse el plazo de duración del contrato, la renta convenida, el valor de venta pactado o el criterio establecido para la determinación del valor residual del bien, y el plazo para ejercer la opción de compra.
 
c) Pago de derechos registrales.
 


b) Escritura pública que  contenga el contrato de arrendamiento financiero con la debida autorización del notario para su presentación ante la Sunarp, en el cual debe señalarse el plazo  de duración del contrato, la renta convenida, el valor de venta pactado o el  criterio establecido para la determinación del valor residual del bien, y el plazo  para ejercer la opción de compra.


==Base legal==
==Base legal==


*Artículos 12, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por ''Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN'' del 18 de mayo de 2012.
* Artículos 12, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN
*Artículos 1677 y 2011 del Código Civil aprobado por ''Decreto Legislativo N° 295'' del 25 de julio de 1984.
(18/05/2012)
*Artículos 8 del ''Decreto Legislativo N° 299'' del 19 de julio de 1984 - Ley del Arrendamiento.
* Artículos 1677 y 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984)
* Artículo 8 del D. Leg. N° 299 (29/07/1984)
* Ley del Arrendamiento Financiero
* Artículo 140 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado  por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN (03/05/2013)
* D.S. N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas  registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral.
 
 
 
 


== Precedente de observancia obligatoria ==
== Precedente de observancia obligatoria ==
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==Tasa registral==
==Tasa registral==
0.81% de la U.I.T por
derecho de calificación, y
0.75/1000 de la totalidad de
la renta pactada, si éste no
supera los S/.35,000, ó
1.5/1000 cuando supera
dicho monto, por derecho
de inscripción.
===Tasa aplicable al precio valorizado hasta por S/ 35 000.00===
===Tasa aplicable al precio valorizado hasta por S/ 35 000.00===


2010

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