Diferencia entre revisiones de «Inscripción de aumento de capital de sociedad»

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i) Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.
i) Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.
'''Reducción de capital'''
a)Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.
b) Parte notarial de la escritura pública que contenga el acta de junta general donde conste el acuerdo de reducción de capital de la sociedad, debidamente asentado en libro de actas con la indicación del nuevo texto del artículo del estatuto social.
c) Original o copia certificada por notario de las publicaciones en los diarios del aviso de convocatoria en caso de SAA y SA, conforme al art. 38 del Reglamento del Registro de Sociedades, o la constancia de convocatoria en caso de las SAC, SRL y otras en la forma prevista por el artículo 76 del Reglamento del Registro de Sociedades, salvo que el acuerdo se haya adoptado en Junta Universal.
d) Salvo los casos del primer párrafo del art. 218 de la Ley General de Sociedades, deberán presentarse los avisos de reducción publicados por tres veces y con intervalo de cinco días y la certificación del gerente de que la sociedad no ha sido emplazada judicialmente por los acreedores oponiéndose al acuerdo.
e) Autorización de la entidad correspondiente, de ser el caso.
f) Pago de derechos registrales.
g) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.


==Tener en cuenta ==
==Tener en cuenta ==
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== Base legal ==
== Base legal ==
'''Aumento de capital:'''


* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias.
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias.
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* Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984).
* Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984).


'''Reducción de capital:'''
* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias.
* Artículos 43,116,120, 215 al 220 de la Ley General de Sociedades Ley N° 26887 (09/12/1997).
* Artículos 14 y 64 de la Ley 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros.
* Artículos 14, 38, 71 al 74 y 76 del Reglamento del Registro de Sociedades aprobado por Resolución N° 200-2001-SUNARP/SN (27/07/2001).
* D.S. N° 37-94-JUS (07/07/1994).
* Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984).


==Precedentes de Observancia Obligatoria==
==Precedentes de Observancia Obligatoria==
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*Derecho de calificación: S/ 10.00  
*Derecho de calificación: S/ 10.00  
*Derecho de inscripción: Monto del acto x 3/1000
*Derecho de inscripción: Monto del acto x 3/1000


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