Diferencia entre revisiones de «Inscripción de bien integrante del patrimonio cultural de la nación»
Inscripción de bien integrante del patrimonio cultural de la nación (ver código)
Revisión del 13:48 23 sep 2019
, 23 sep 2019→Precedentes de observancia obligatoria
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== Precedentes de observancia obligatoria == | == Precedentes de observancia obligatoria == | ||
===Regularización de edificaciones en centros históricos monumentales=== | |||
Es inscribible la regularización de edificaciones pertenecientes al patrimonio cultural de la nación al amparo de la Ley 27157, cuando el Instituto Nacional de Cultura (INC) lo haya autorizado. | |||
Pleno LXII, Sesión ordinaria realizada los días 5 y 6 de agosto de 2010. Publicado en el diario oficial “El Peruano” el 06 de setiembre de 2010. | |||
Resolución que lo sustenta: N° 308-2010-SUNARP-TR-T del 20 de agosto de 2010. | |||
==Jurisprudencia registral== | ==Jurisprudencia registral== |