Inscripción de cambio de placa única nacional de rodaje

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El cambio a placa única nacional de rodaje puede inscribirse en el Registro de Propiedad Vehicular.

Requisitos para la inscripción

1) Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito.

2) Formato de cambio de placa con firma certificada por notario o fedatario de la Oficina Registral del propietario con derecho inscrito o su representante en donde se indique el cambio respectivo.

3) En el caso de servicio público de pasajeros, se deberá adjuntar el Certificado expedido por la entidad competente que acredite dicha habilitación.

De no presentar tal documento, se asignará la placa que corresponda a un vehículo particular.

Cuando un vehículo policial o de emergencia se transfiere a favor de personas naturales o jurídicas, se cambiará el uso según corresponda.

4) En el caso de uso especial:

a) Certificación expedida por la dependencia competente del Ministerio del Interior, en caso de vehículo policial.

b) Certificación emitida por el máximo órgano jerárquico del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú en cada jurisdicción regional, en caso de vehículo de emergencia.

c) Constancia de inscripción en el Registro Especial de Ambulancias de los Centros de Prevención y Control de Emergencias y Desastres de las Direcciones de Salud (DISAS) y Direcciones Regionales de Salud (DIRESAS) de su respectiva jurisdicción en caso de vehículo de emergencia.

d) Copia certificada de la resolución emitida por la municipalidad correspondiente, (Serenazgo Municipal) en caso de vehículo de emergencia.

e) Constancia expedida por las entidades mencionadas anteriormente en el sentido que el vehículo ya no se encuentra destinado al cumplimiento de las funciones propias de la Policía Nacional del Perú o como vehículo de emergencia, según corresponda, tratándose de cambio de placa por nuevo destino del vehículo al transporte particular o por cuenta propia. Cuando un vehículo policial o de emergencia se transfiere a favor de personas naturales o jurídicas, se cambiará el uso según corresponda.

5) Pago de tasas registrales.

Base legal

  • Artículo 4 de la Resolución de Dirección Ejecutiva R.D. N° 4560-2011- MTC/15, Disposiciones para la aplicación del sistema de codificación de la Placa Única Nacional de Rodaje (11/12/2011).
  • Articulo 34 de la Ley de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobada por la Ley N° 27181 (07/10/1999)
  • Artículos 4, 7, 56, 58, 59 del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado por el Decreto Supremo N° 017-2008-MTC (18/04/2018).
  • Artículos 1, 2, 3 y 10 (modificado por el artículo 15° del Decreto Legislativo N° 1451) de la Ley que crea el Sistema Nacional y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Ley N° 26366 (14/10/1994).
  • Artículos 5, 6, 7 y 136 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 039-2013- SUNARP/SN (20/02/2013).

Precedentes de observancia obligatoria

No hay precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Sumilla de la Resolución 399-2016-SUNARP-TR-L de 25/02/2016 sobre cambio de placa única nacional de rodaje

Si el órgano competente para otorgar la tarjeta única de circulación de un vehículo expide una autorización a nombre del representante del titular registral y no a nombre de éste, no debe entenderse que está realizando la transferencia de dicha autorización, más aún si el cambio de placa es solicitado por el mismo apoderado quien señala actuar en representación del titular registral.

Sumilla de la Resolución 420-2014-SUNARP-TR-L de 04/03/2014 sobre cambio de placa a vehículo habilitado para el transporte público de pasajeros

No es impedimento para la inscripción del cambio de placa de vehículo de transporte público de pasajeros, que la resolución administrativa que acredita su habilitación se encuentre en copia certificada por notario, toda vez que se trata de un documento complementario.

Tasa registral

  • Derecho de calificación: S/ 22.00
  • Derecho de inscripción: S/ 95.00

Plazo de calificación

72 horas (no incluye sábados, domingos ni feriados).


  "Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'