Diferencia entre revisiones de «Inscripción de cambio de uso del vehículo»

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El cambio de uso del vehículo puede inscribirse en el Registro de Propiedad Mueble.
Para la inscripción del cambio de placa de un vehículo Inmatriculado, deberá reunir los requisitos establecidos en Ley, asimismo, la Placa Única Nacional de Rodaje, constituye un elemento de identificación vehicular durante la circulación de los vehículos por las vías terrestres.


== Requisitos para la inscripción ==
==Requisitos==
'''Cambio de uso de Público a Particular'''
# Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el propietario o presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp, mediante carta poder).
# Declaración jurada con firma certificada del propietario ante Notario o fedatario institucional (servicio gratuito), solicitando la actualización de uso (este formato lo encuentra en la oficina).
# Constancia expedida por la autoridad competente que acredite la baja o conclusión de la habilitación vehicular de servicio de transporte público a transporte particular (si nunca se registró como vehículo de transporte público presentará constancia de no registro).
# Pago de derechos registrales.


==='''Cambio de uso de Público a Particular'''===
'''Cambio de uso de Particular a Público'''
# Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).
# Declaración jurada con firma certificada del propietario ante Notario o fedatario (servicio gratuito), solicitando la actualización de uso (este formato lo encuentra en la oficina).
# Copia certificada del documento que acredite la habilitación vigente, emitida por la Autoridad de Transporte Urbano-ATU, pudiendo presentar copia certificada de la tarjeta de operación vigente emitida por la entidad competente, o tarjeta de circulación vigente.
# Pago de derechos registrales.


- Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).
==Tener en cuenta==
* Si el trámite lo realiza un tercero y no el propietario deberá de presentar carta poder con firma certificada ante notario público, donde se le autorice al tercero a realizar los trámites correspondientes al cambio de uso, pudiendo firmar documentos.
* Una vez inscrito el cambio de uso, a través del “síguelo”, podrá descargar la TIVE y la orden de giro, con ello, podrá gestionar la fabricación de sus placas, en Lima está a cargo de la Asociación Automotriz del Perú y en provincias la Cámara de Comercio.


- Declaración jurada con firma certificada del propietario ante Notario o fedatario (servicio gratuito), solicitando la actualización de uso (este formato lo encuentra en la oficina). Si el trámite lo realiza un tercero y no el propietario deberá de presentar carta poder con firma certificada ante notario, donde se le autorice al tercero a realizar los trámites correspondientes al cambio de uso, pudiendo firmar documentos.
- Constancia expedida por la autoridad competente que acredite la baja o conclusión de la habilitación vehicular de servicio de transporte público a transporte particular (si nunca se registró como vehículo de transporte público presentará constancia de no registro).
Pago de la tasa registral: S/ 38.00 nuevos soles.
Plazo de calificación: 48 horas (no se cuentan días sábados, domingos ni feriados).
Nota.- Una vez inscrito el cambio de uso, se le entregará una orden de giro con la que podrá gestionar la fabricación de sus placas, en Lima está a cargo de la Asociación Automotriz del Perú y en provincias la Cámara de Comercio.
*Tener en cuenta que debido a lo genérico de las consultas y la inexistencia de documentos a evaluar; el servicio brindado por este medio tiene un valor informativo, por lo tanto el Registrador podrá solicitar documentos adicionales, cuando revise y analice la documentación presentada.
==='''Cambio de uso de Particular a Público'''===
Si usted ya tiene placa nueva y desea cambiar el uso, los requisitos son los siguientes:
- Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).
- Declaración jurada con firma certificada del propietario ante Notario o fedatario (servicio gratuito), solicitando la actualización de uso (este formato lo encuentra en la oficina). Si el trámite lo realiza un tercero y no el propietario deberá de presentar carta poder con firma certificada ante notario, donde se le autorice al tercero a realizar los trámites correspondientes al cambio de uso, pudiendo firmar documentos.
- Copia certificada del documento que acredite la habilitación vigente, emitida por autoridad competente, pudiendo presentar copia certificada de la tarjeta de operación vigente emitida por el SETAME o el SETACA, o tarjeta de circulación vigente emitido por la Municipalidad Provincial o el MTC según el caso (cuando se refiera al servicio de transporte urbano, interurbano y taxi colectivo lo expedirá la Municipalidad y en los casos de servicio interprovincial el Ministerio de Transportes y Comunicaciones).
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).
b) La solicitud emitida por el propietario con  derecho inscrito con su firma certificada por notario o fedatario de la Oficina Registral
c) Deberá adjuntar copia certificada del documento que acredite  la habilitación del vehículo en el servicio  de transporte de personas correspondiente, otorgado por  la autoridad  competente.
d) Deberá adjuntar copia certificada de la constancia expedida por  la autoridad competente que acredite la baja o conclusión de la  habilitación vehicular en el servicio público de transporte terrestre
e) Pago de derechos registrales.
f) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
== Base legal ==
* TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP-SN (18/05/2012)
* Artículos:4, 7, 9, 10, 11, 12, 15, 17, 25, 28 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad  Vehicular aprobado por  Resolución 039-2013-SUNARP-SN (20/02/2013)


==Base legal==
* Artículos 66, 167, 168, 169, 170, 171 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012)
* Artículos: 6, 11, 12, 136 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad  Vehicular aprobado por  Resolución N° 039-2013-SUNARP/SN (20/02/2013).
* Artículos: 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 13 del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje aprobado por Decreto Supremo N°017-2008-MTC, artículo 56.1, modificado por Decreto Supremo N° 004-2014-MTC.
* Artículos: 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 13 del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje aprobado por Decreto Supremo N°017-2008-MTC, artículo 56.1, modificado por Decreto Supremo N° 004-2014-MTC.
* Artículos 95, 106 Decreto Legislativo N° 1049.
* Título Preliminar, Norma II Decreto Supremo N° 133-2013-EF aprueba el TUO del Código Tributario.


* Artículos 95, 106Decreto legislativo N° 1049.


* Título Preliminar, Norma II D.S 133-2013-EF aprueba el TUO del Código Tributario
==Precedentes de observancia obligatoria==
No existen precedentes de observancia obligatoria aprobados para el presente acto.


* Decreto Supremo N° 086-90-EF (29-03-90) reglamentado con Resolución del Superintendente Nacional de los  Registros Públicos N° 098-98-SUNARP que aprueba Aranceles del Registro de Propiedad Vehicular.
* Artículos 166, 167, 168, 169, 170, 171 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP-SN (18/05/2012).
== Precedentes de observancia obligatoria ==
No se han aprobado precedentes sobre este acto.


==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==
'''Resoluciones del Tribunal Registral'''
Sumilla de la Resolución 143-2015-SUNARP-TR-A de 16/03/2015 sobre cambio de placa a vehículo de uso particular
De no corresponder la nueva placa asignada al uso que se destina al vehículo, debe adecuarse a los requisitos del artículo 56.1 del D.S. N° 017-2008-MTC, Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, modificado por D.S N° 004-2014-MTC, que regula, entre otros, el cambio de placa de un vehículo habilitado para la prestación de servicio público a un vehículo destinado al transporte particular o por cuenta propia.
Sumilla de la Resolución 2089-2014-SUNARP-TR-L de 31/10/2014 sobre cambio de uso vehicular
Para la inscripción del cambio de uso de un vehículo de uso particular a servicio de transporte (taxi) no se requiere que el certificado de operación presentado se encuentre a nombre del actual titular registral del vehículo, debiendo verificarse que se encuentre vigente y emitido, según corresponda, al propietario en cuya fecha de emisión figuraba como titular del bien.


=== Resoluciones del Tribunal Registral ===
====Sumilla de la Resolución 143-2015-SUNARP-TR-A de 16/03/2015 sobre cambio de placa a vehículo de uso particular====
''De no corresponder la nueva placa asignada al uso que se destina al vehículo, debe adecuarse a los requisitos del artículo 56.1 del D.S. N° 017-2008-MTC, Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, modificado por D.S N° 004-2014-MTC, que regula, entre otros, el cambio de placa de un vehículo habilitado para la prestación de servicio público a un vehículo destinado al transporte particular o por cuenta propia.''
====Sumilla de la Resolución 2089-2014-SUNARP-TR-L de 31/10/2014 sobre cambio de uso vehicular====
''Para la inscripción del cambio de uso de un vehículo de uso particular a servicio de transporte (taxi) no se requiere que el certificado de operación presentado se encuentre a nombre del actual titular registral del vehículo, debiendo verificarse que se encuentre vigente y emitido, según corresponda, al propietario en cuya fecha de emisión figuraba como titular del bien.''


== Tasa registral ==
==Tasa registral==
* Derecho de presentación: S/. 45.00 soles


*Derecho de presentación: S/ 21.00


*Derecho de inscripción: S/ 17.00
==Plazo de calificación==
* 48 horas (sujeto a calificación y complejidad del título).


*Plazo de calificación: 48 horas hábiles (Resolución 320-2010-SUNARP/SN)


  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".'''''== Tasas registrales ==
"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".

Revisión actual - 22:23 10 jul 2023

Para la inscripción del cambio de placa de un vehículo Inmatriculado, deberá reunir los requisitos establecidos en Ley, asimismo, la Placa Única Nacional de Rodaje, constituye un elemento de identificación vehicular durante la circulación de los vehículos por las vías terrestres.

Requisitos

Cambio de uso de Público a Particular

  1. Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el propietario o presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp, mediante carta poder).
  2. Declaración jurada con firma certificada del propietario ante Notario o fedatario institucional (servicio gratuito), solicitando la actualización de uso (este formato lo encuentra en la oficina).
  3. Constancia expedida por la autoridad competente que acredite la baja o conclusión de la habilitación vehicular de servicio de transporte público a transporte particular (si nunca se registró como vehículo de transporte público presentará constancia de no registro).
  4. Pago de derechos registrales.

Cambio de uso de Particular a Público

  1. Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).
  2. Declaración jurada con firma certificada del propietario ante Notario o fedatario (servicio gratuito), solicitando la actualización de uso (este formato lo encuentra en la oficina).
  3. Copia certificada del documento que acredite la habilitación vigente, emitida por la Autoridad de Transporte Urbano-ATU, pudiendo presentar copia certificada de la tarjeta de operación vigente emitida por la entidad competente, o tarjeta de circulación vigente.
  4. Pago de derechos registrales.

Tener en cuenta

  • Si el trámite lo realiza un tercero y no el propietario deberá de presentar carta poder con firma certificada ante notario público, donde se le autorice al tercero a realizar los trámites correspondientes al cambio de uso, pudiendo firmar documentos.
  • Una vez inscrito el cambio de uso, a través del “síguelo”, podrá descargar la TIVE y la orden de giro, con ello, podrá gestionar la fabricación de sus placas, en Lima está a cargo de la Asociación Automotriz del Perú y en provincias la Cámara de Comercio.


Base legal

  • Artículos 66, 167, 168, 169, 170, 171 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012)
  • Artículos: 6, 11, 12, 136 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobado por Resolución N° 039-2013-SUNARP/SN (20/02/2013).
  • Artículos: 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 13 del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje aprobado por Decreto Supremo N°017-2008-MTC, artículo 56.1, modificado por Decreto Supremo N° 004-2014-MTC.
  • Artículos 95, 106 Decreto Legislativo N° 1049.
  • Título Preliminar, Norma II Decreto Supremo N° 133-2013-EF aprueba el TUO del Código Tributario.


Precedentes de observancia obligatoria

No existen precedentes de observancia obligatoria aprobados para el presente acto.


Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral Sumilla de la Resolución 143-2015-SUNARP-TR-A de 16/03/2015 sobre cambio de placa a vehículo de uso particular De no corresponder la nueva placa asignada al uso que se destina al vehículo, debe adecuarse a los requisitos del artículo 56.1 del D.S. N° 017-2008-MTC, Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, modificado por D.S N° 004-2014-MTC, que regula, entre otros, el cambio de placa de un vehículo habilitado para la prestación de servicio público a un vehículo destinado al transporte particular o por cuenta propia. Sumilla de la Resolución 2089-2014-SUNARP-TR-L de 31/10/2014 sobre cambio de uso vehicular Para la inscripción del cambio de uso de un vehículo de uso particular a servicio de transporte (taxi) no se requiere que el certificado de operación presentado se encuentre a nombre del actual titular registral del vehículo, debiendo verificarse que se encuentre vigente y emitido, según corresponda, al propietario en cuya fecha de emisión figuraba como titular del bien.


Tasa registral

  • Derecho de presentación: S/. 45.00 soles


Plazo de calificación

  • 48 horas (sujeto a calificación y complejidad del título).


"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".